Dos ciudadanos son llamados a juicio en el caso ‘Nuques’

Quito, 14 de octubre del 2014.- El juez nacional Vicente Robalino dictó auto de llamamiento a juicio en contra de José C., exdirector del  Servicio de  Rentas Internas (SRI), y Sócrates V., exsubprocurador General del Estado (PGE), por falsedad en un instrumento público.
 
El juez Robalino manifestó que, de acuerdo con el dictamen presentado por la Fiscalía, “los procesados habrían participado en la firma de un acta de mediación donde se hicieron constar obligaciones inexistentes, para que el Estado ecuatoriano pague 23 millones de dólares a los herederos de la familia Nuques’’.
 
Esta acta fue firmada por José C., exdirector del Servicio de Rentas Internas (SRI), y Desiderio Y., procurador judicial de la familia Nuques, el 9 de enero del 2007. Los herederos Julio Nuques Salvador y José y Elena Nuques Villacís hicieron su reclamo, porque, supuestamente, fueron afectados por la expropiación de sus bienes. Estos son un ingenio azucarero y las haciendas ‘La Virginia’, ‘El Colorado’ y ‘La Esperanza’, ubicadas en la provincia de Los Ríos.
 
En su resolución, el  juez Robalino se  abstuvo de llamar a juicio a Antonio E., exasesor jurídico del SRI,  Desiderio Y., procurador judicial de la familia Nuques, y Alvaro G., exabogado externo del SRI, por determinar que en sus actuaciones no existió responsabilidad penal.  
 
El juez Robalino dictó su sobreseimiento definitivo de Luis S. y José A., exfuncionarios de la Procuraduría General del Estado.
 
Luego de la audiencia preparatoria de juicio y sustentación de dictamen, que se desarrolló  el viernes 3 y lunes 6 de octubre,  Cecilia Armas, fiscal General Subrogante,  indicó que el  dictamen fue respaldado con varios medios probatorios, que determinaron responsabilidad penal de los procesados.
 
En esta  diligencia, la Fiscalía presentó 45 elementos de convicción. Entre los principales consta el informe de la Contraloría General del Estado (PGE), que determinó que no se cumplieron los procedimientos legales establecidos en la Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado, para llegar a una mediación como una solución alternativa de conflictos.
 
Además, en dicha ley se determinaba que solo el Procurador era la persona encargada de disponer la mediación, pero en este caso, quien lo hizo fue José V., exsubprocurador, sin tener la competencia legal.
 
Otros elementos fueron la autorización para la firma del acta, aprobación para la suscripción de la misma y la participación de cada uno de los imputados, entre otros.
 
Datos:
 
En la audiencia preparatoria de juicio y sustentación de dictamen, la Fiscalía  emitió dictamen acusatorio contra José C., exdirector del SRI, Sócrates V., exsubprocurador General del Estado (hoy los dos  con llamamiento a juicio), Antonio E., exdirector y exasesor jurídico del SRI, respectivamente;  y Desiderio Y., procurador judicial de la familia Nuques (hoy sobreseídos por la Corte Nacional de Justicia).
 
También presentó  dictamen abstentivo a favor de Alvaro G., exabogado externo del SRI, y a Luis S. y Jose A., exfuncionarios de la PGE.
 
La Fiscalía inició esta investigación por una denuncia presentada por José Luis Cortázar, exsecretario Anticorrupción, en el 2007.
 
El delito de falsedad en un instrumento público está contemplado en el Art. 339 del anterior Código Penal, en donde se determina que este delito será reprimido con pena de 6 a 9 años de reclusión menor.