Fiscalía prioriza la recuperación de adolescentes en casos de tenencia de drogas

Guayaquil, 11 de octubre del 2014.- “Hay que recordar que la  justicia aplicable a los adolescentes en conflicto con la ley penal, no es punitiva, sino restaurativa. Es preferible recuperarlo, a tener que sancionar mañana a un delincuente, así se configura el éxito de la justicia penal  en los adolescentes infractores”, indicó el fiscal Rómulo Sevilla, coordinador de la Unidad de Adolescentes Infractores de la Fiscalía del Guayas, al referirse a los resultados obtenidos frente a los casos de adolescentes vinculados con sustancias estupefacientes.

Desde el 1 de enero hasta el 16 de septiembre de 2014, 103 medidas socioeducativas distintas al internamiento del adolescente en un centro de privación de libertad fueron dictadas, en la provincia del Guayas, en contra de igual número de adolescentes procesados por el delito de tenencia ilegal de  drogas.

Estas medidas son amonestaciones que tienen como finalidad la protección y el desarrollo de los adolescentes infractores, garantizar su educación, integración familiar e inclusión constructiva a la sociedad.

El fiscal Sevilla explica que cuando el adolescente es aislado por tenencia de drogas,  es llevado a una audiencia de calificación de flagrancia y legalización de aprehensión.

En la diligencia ante el juez, la Fiscalía tiene que analizar si solicita o no el internamiento preventivo del presunto infractor, basado en el arraigo (documentos) que demuestre su calidad de tal, es decir si son estudiantes, actividad que realizan, donde vive y otros. 

En caso de que se presenten esas garantías, se pide al juez a cargo que imponga  una o varias amonestaciones distintas al internamiento del adolescente infractor en un centro, para que el adolescente pueda seguir con sus estudios.

Tres de las siete medidas socioeducativas, establecidas en el Art. 386 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que permitirían al adolescente continuar con este derecho, tienen relación con el cumplimiento de tareas a nivel educativo, el recibir tratamiento por el consumo de drogas o el cumplir  servicios con la comunidad.

 El fiscal Sevilla aclara que estas acciones son aplicables solo en delitos sancionados con pena privativa de libertad de más de un mes hasta cinco años. “Esta medidas se dictan una vez que el infractor ha sido juzgado, es decir que el caso quedó cerrado”, detalló el funcionario. 

En los casos en el que el adolescente es internado en un centro de privación de libertad, se les ofrece información sobre las normas de convivencia, responsabilidades, deberes y derechos.

La Fiscalía también ejecuta acciones preventivas contra el consumo y tráfico de estupefacientes. Se trata de la campaña “Revolución Preventiva”, que inició el 15 de julio del 2014 y se ejecuta de manera sorpresiva y simultánea en varios establecimientos educativos de la provincia.

El fiscal Provincial del Guayas, Paúl Ponce Quiroz, indica que la campaña continuará con controles a fin de lograr la erradicación del consumo y microtráfico al interior de los colegios.

“El propósito de esta campaña no es la de desprestigiar a ninguna institución educativa, sino elevar  los niveles de seguridad y confianza de los padres, los jóvenes y la propia ciudadanía en contra del uso de las drogas”, expresa Ponce Quiroz.

Para el psicólogo de la Fiscalía Provincial del Guayas, Jhonny Mero Balseca, es importante detectar cuando un adolescente tiene problemas de adicción para ayudarlo a salir de ella.

Aclara que cuando existe el compromiso de dejar las drogas se debe estar muy alerta sobre los síntomas de la abstinencia, tales como escalofríos, dolor de huesos y vómitos.

Ante ello los padres deben llevarlo a una casa de salud para que le practiquen un examen médico y le suministren sueros para desintoxicarlo.

“Todos los exámenes deben ser practicados por un profesional médico. No se lo debe hacer a nivel casero porque el adolescente puede sufrir un paro cardíaco y fallecer”, puntualizó Mero Balseca.

El adolescente y sus padres deberán acudir a un sicólogo para que les preste la ayuda profesional o también  puede ser llevado a un centro de rehabilitación para recibir un tratamiento de 6 meses como mínimo.

“Una vez que se termine ese tratamiento, los profesionales valorarán la situación del joven, para cerciorarse si deberá continuar o a su vez qué medidas se tienen que tomar para evitar que vuelva a consumir drogas”, indicó Mero Balseca.

El referirse a la campaña “Revolución Preventiva”, el gobernador del Guayas, Rolando Panchana, manifestó en días anteriores que las intervenciones en los colegios se realizan  con respeto a los derechos humanos consagrados en la Constitución de la República y normas internacionales.

Argumentó que para dar cumplimiento no se realizan registros personales a los educandos, lo que se hace es revisar las instalaciones educativas como aulas, mochilas, patios, baños y corredores.  

Estas intervenciones se ejecutan con el acompañamiento de agentes de la Dirección Nacional de Policía Especializada para Niños, Niñas y Adolescentes (Dinapen), Dirección Nacional Antinarcóticos, fiscales, veedores y canes detectores de droga. 

Medidas socioeducativas:

En delitos sancionados con pena privativa de libertad de más de un mes hasta cinco años, se aplicará una o más de las siguientes medidas de amonestación:

–              Imposición de reglas de conducta de uno a seis meses.

–              Orientación y apoyo psico-socio-familiar de tres a seis meses.

–              Servicios a la comunidad de uno a seis meses.

–              Libertad asistida a tres meses a un año.

–              Internamiento domiciliario de tres meses a un año.

–              Internamiento de fin de semana de uno a seis meses.

–              Internamiento con régimen semiabierto de tres meses a un año.