20 años de cárcel como autor de la violación a una niña


BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 632-DC-2024

20 años de cárcel como autor de la violación a una niña


Nueva Loja (Sucumbíos), 29 de mayo de 2024.- Veinte años de privación de la libertad es la sanción que Gonzalo P. tendrá que cumplir en una cárcel.

Fiscalía probó que él fue responsable de la violación cometida contra una niña que –a la fecha en que ocurrieron los hechos (2020)– tenía 10 años.


Pese a las agresiones que sufrió en reiteradas ocasiones, la pequeña guardó silencio. Las amenazas que venían desde el procesado la obligaron a callar, pues temía que su victimario atentara contra la vida de su madre.

El caso llegó a conocimiento de Fiscalía en 2022, cuando la progenitora de la agraviada se enteró de lo ocurrido y formalizó la denuncia. Ella contó que su hija era agredida cuando se encontraba sola en casa y que el violador era hermano del abuelo de la pequeña. La mujer rindió testimonio en la audiencia de juicio frente al Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa.


Los jueces también escucharon a la perito que practicó la valoración médica q la niña. Ella confirmó, en el juicio, que la víctima tenía lesiones antiguas en sus partes íntimas, producto de la violación de la que fue objeto. Durante la experticia, la pequeña identificó a Gonzalo P. como su agresor.

Además, el testimonio anticipado que rindió la infante fue reproducido: ella fue coherente en la forma de contar los hechos y su relato coincidió con los otros testimonios que Fiscalía practicó como prueba en la audiencia.


El procesado, en cambio, intentó defenderse argumentando –por medio de su abogado– que no pudo cometer el delito de violación, pues ‘padece de una disfunción eréctil severa’ producto de un accidente que –según dijo– sufrió hace varios años.

Sin embargo, Fiscalía fue contundente a la hora de derrumbar ese alegato, pues probó científicamente que Gonzalo P. sí reaccionaba a estímulos y que fue el responsable del delito de violación.


Al Tribunal no le quedó duda sobre la culpabilidad del procesado y, en su resolución, dictó la pena de veinte años de privación de libertad en su contra, además del pago de una multa de 600 salarios básicos unificados y de una reparación integral de 5.000 dólares a favor de la niña.

Información jurídica

Esta causa se procesó con base en el artículo 171, numeral 3, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de violación con una pena privativa de libertad de diecinueve a veintidós años, cuando la víctima sea menor de 14 años.


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