El proceso sobre ataque a familias en aislamiento voluntario ahora será por homicidio
Orellana, 26 de septiembre del 2014.- El proceso penal que se sigue por el ataque a familias en aislamiento voluntario ahora ya no será por genocidio sino por homicidio simple. Ese cambio del tipo de delito, solicitado por la Fiscalía, fue aceptado por el juez Segundo de Garantías Penales de Orellana, Álvaro Guerrero.
La Fiscalía pidió esa modificación en cumplimiento con lo dispuesto por la Corte Constitucional, en su resolución del 6 de agosto del 2014. Una de las principales recomendaciones fue que el proceso tenga un miramiento especial, sobre todo en observancia a parámetros de interculturalidad. Esto porque los presuntos agresores pertenecerían a una de las comunidades indígenas de la provincia de Orellana.
El Juez consideró pertinente la propuesta fiscal realizada durante la audiencia de reformulación de cargos de este viernes 26 de septiembre.
Para esta propuesta de reformulación, la Fiscalía se respaldó en el artículo 596 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que permite el cambio de tipo de delito por una sola vez durante el proceso.
Además, el fiscal del caso, Andrés Cuasapaz, respaldó el pedido con versiones de algunos presuntos atacantes, seis pericias antropológicas y el informe sobre el reconocimiento del lugar donde ocurrió el ataque. En ese sitio se recolectaron evidencias como cartuchos de escopeta, ollas con huellas de impactos de perdigones, entre otras.
El fiscal Cuasapaz considera que la pena por homicidio simple es menos drástica. El artículo 144 del COIP establece una pena privativa de la libertad de 10 a 13 años. De acuerdo con el Código Penal anterior para el genocidio se establecía una pena de hasta 26 años de prisión.
Existen 17 procesados
La Fiscalía inició de oficio las investigaciones sobre los hechos que ocurrieron en el Parque Nacional Yasuní, el 30 de marzo del 2013. En la instrucción fiscal, que se inició en noviembre del 2013, se consideró que se habría cometido genocidio.
En la actualidad hay 17 procesados por su presunta participación en el ataque, donde murieron varios integrantes de las familias agredidas.
Cinco de los procesados permanecían con prisión preventiva en el Centro de Rehabilitación Social (CRS) de Orellana. Hasta que el 16 de septiembre del 2014, el juez Guerrero ordenó medidas sustitutivas como la de presentarse cada 15 días ante la autoridad competente y la prohibición de abandonar el país. Dos fugaron del CRS de Orellana y 10 más no fueron aprehendidos.
La protección para dos niñas
La Fiscalía solicitó medidas de protección para las dos niñas que fueron raptadas durante el ataque del 30 de marzo del 2013. En la actualidad, ellas se encuentran en comunidades diferentes en casas de familias que viven en el Parque Nacional Yasuní.
Sobre el pedido de estas medidas, el Fiscal del caso aseguró que una de las niñas reclama la presencia de su hermana.
Ante ese pedido, el Juez Segundo de Garantías Penales de Orellana ordenó que se propicien encuentros esporádicos entre las hermanas.