Sentenciado por el delito de violación, perpetrado contra una mujer en Palora


BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 293-DC-2024

Sentenciado por el delito de violación, perpetrado contra una mujer en Palora


Palora (Morona Santiago), 04 de marzo de 2024.- Los elementos probatorios presentados en audiencia de juicio, demostraron la autoría de Cristian Abel N. en la violación a una mujer.

El Tribunal Penal de Morona Santiago lo sentenció a diecinueve años de privación de libertad y a pagar una reparación integral a la víctima.
De acuerdo a la exposición del Fiscal titular de la Fiscalía Multicompetente del cantón Palora, los hechos ocurrieron la madrugada del 28 de noviembre de 2022 en el domicilio de la víctima, en el sector Arapicos.


La mujer se encontraba sola con su hija pequeña, cuando llegó Cristian Abel N. –hermano de su vecino– con el pretexto de pedirle una bomba para inflar las llantas de su motocicleta.

Ella le indicó que no disponía. Entonces, Cristian Abel N. le solicitó que le encargue la moto. Cuando él se fue del inmueble, la víctima se dirigió a la parte de afuera para revisar la moto y le llamó la atención ver que las llantas no estaban desinfladas.


En ese momento, el ahora sentenciado sorprendió a la víctima: la amedrentó con un cuchillo, la obligó a ingresar al inmueble donde la amenazó a ella y a su hija.

Luego, el agresor llevó a la víctima a la parte posterior de la vivienda para agredirle sexualmente. Tras los hechos, sustrajo dinero y el celular de la agraviada, y la amenazó diciéndole que pertenecía a una organización delictiva y que si contaba lo sucedido iba a agredir a su hija.


Durante el juicio, Fiscalía presentó la reproducción del testimonio anticipado de la víctima, los testimonios del médico que la atendió en un centro de salud, de los peritos que practicaron las valoraciones médico-legal, psicológica y de entorno social, además de la pericia de biología forense y el reconocimiento del lugar de los hechos y de evidencias.

Información jurídica

El delito de violación está tipificado y sancionado en el artículo 171 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) con privación de libertad de diecinueve a veintidós años.


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