Fiscalía obtiene ratificación de sentencia por tenencia y porte de armas


BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 223-DC-2024

Fiscalía obtiene ratificación de sentencia por tenencia y porte de armas


Cumandá (Chimborazo), 19 de febrero de 2024.- La Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Chimborazo –con voto de mayoría– rechazó el recurso de apelación interpuesto por Álvaro Andrés A.Q. y ratificó la sentencia condenatoria de seis meses, como autor del delito de tenencia y porte de armas.

Ante los jueces de la Sala Penal que conocieron la apelación, el Fiscal multicompetente del cantón Cumandá citó –nuevamente– las pruebas que demostraron la responsabilidad del procesado, sobre la base de las cuales, el Tribunal de primera instancia basó su sentencia, anunciada al finalizar la audiencia de juicio en septiembre de 2023.

El hecho se registró la noche del 15 de julio de 2023. Agentes de la Policía Nacional ejecutaban un operativo de seguridad en la avenida de los Puentes, en Cumandá, donde detuvieron la marcha del vehículo que conducía Álvaro Andrés A. Q.


Durante la inspección del automotor encontraron –en el asiento posterior– dos armas de fuego tipo carabina y veintiocho municiones.

El ciudadano no contaba con los permisos correspondientes para portar armas de fuego, por lo que fue aprehendido y puesto a órdenes de Fiscalía para su procesamiento penal.

Con base en lo expuesto, los jueces de la Sala Penal resolvieron desechar el recurso de apelación a la sentencia y ratificaron el fallo en todas sus partes. Álvaro Andrés A. Q., además de cumplir su condena, deberá pagar una multa de tres salarios básicos unificados.


Información jurídica

La tenencia y porte no autorizado de armas está tipificado en el artículo 360 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que se sanciona con pena privativa de libertad de seis meses a un año.

 


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