Procesados por terrorismo habrían intentado atentar contra el Comandante General de Policía Nacional


BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 046-DC-2024

Procesados por terrorismo habrían intentado atentar contra el Comandante General de Policía Nacional


Quito (Pichincha), 12 de enero de 2024.- Juan Javier S., Alan Alexander S. y Romario Gyusepp A. (este último identificado con el grupo delictivo denominado “Las Águilas”) son procesados por, presuntamente, intentar atentar contra el Comandante General de la Policía Nacional.

La Fiscalía General del Estado les formuló cargos por terrorismo y, sobre la base de suficientes elementos de convicción, solicitó al Juez que ordene su prisión preventiva, pedido que fue acogido por encontrarlo motivado dentro del marco legal.


La Fiscal del caso explicó en la audiencia que Juan Javier S., Alan Alexander S. y Romario Gyusepp A. habrían ejecutado acciones relacionadas a un presunto intento de atentado contra el Comandante General de Policía, hechos que fueron detectados por su cápsula de seguridad.

Juan Javier S. y Romario Gyusepp A. fueron aprehendidos en un vehículo estacionado cerca al domicilio del servidor policial, mientras que a Alan Alexander S. se lo identificó en otro automotor estacionado a 10 metros, aproximadamente. Este último, según el parte policial, llevaba en el carro una pistola cargada con munición nueve milímetros y un cuchillo.


En la audiencia de calificación de flagrancia, Fiscalía citó veintiún elementos de convicción, entre los que constan: una providencia emitida por el Juez de Flagrancia para la explotación de los teléfonos celulares de los procesados, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, un informe técnico pericial informativo de la explotación de los dispositivos móviles y otros más.

La Fiscal también pidió al Juez que conceda las medidas de protección establecidas en el artículo 558, numerales 2, 3 y 4, del Código Orgánico Integral Penal (COIP) para el Comandante, pedido que también fue aceptado.


Por ello, el Juzgador dispuso “prohibición a la persona procesada de acercarse a la víctima, testigos y a determinadas personas, en cualquier lugar donde se encuentren; prohibición a la persona procesada de realizar actos de persecución o de intimidación a la víctima o a miembros del núcleo familiar por sí mismo o a través de terceros; y, extensión de una boleta de auxilio a favor de la víctima o de miembros del núcleo familiar […]”.

La instrucción fiscal concluirá en treinta días.


Información jurídica

Esta causa se procesa con base en el artículo 366, inciso primero, del COIP, que sanciona al terrorismo con una pena privativa de la libertad de diez a trece años.

 


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