Exprefecto de Imbabura es llamado a juicio por presunto peculado


BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1183-DC-2023

Exprefecto de Imbabura es llamado a juicio por presunto peculado


Quito, 07 de noviembre de 2023.- Esta mañana, la Fiscalía General del Estado presentó dictamen acusatorio en contra de Diego G., prefecto de Imbabura entre 2009 y 2014, por su presunta autoría en el delito de peculado.

Al finalizar la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, un juez de delitos relacionados con corrupción y crimen organizado acogió el pedido de Fiscalía y llamó a juicio al procesado.


En su intervención, el fiscal provincial de Pichincha, Hernán Flores, mencionó que en 2009, la Prefectura de Imbabura contrató a 6 personas quienes, por disposición verbal del procesado, se desempeñaron como guardias de seguridad en su domicilio en Ibarra. Ellos efectuaban turnos rotativos de 8 horas, las 24 horas del día, inclusive los feriados.

Es decir, mientras Diego G. cumplía las funciones de Prefecto de Imbabura mantuvo un servicio de guardianía en su vivienda, el cual era cancelado con fondos públicos de la Institución a la que representaba. Según las pericias contables, el monto del perjuicio económico causado al Estado es de 182.636,11 dólares.


Cuarenta y nueve elementos de convicción presentó la Fiscalía para sustentar el dictamen acusatorio emitido en contra del exfuncionario. Entre los principales están el informe de Contraloría que determinó las irregularidades existentes en la contratación del personal, versiones de los 6 guardias de seguridad y de funcionarios del Gobierno provincial de Imbabura.

También constan los roles de pagos de las remuneraciones mensuales y beneficios de ley, un informe de la UAFE, oficios e informes de pericias contables y financieras.


En esta audiencia, Fiscalía emitió dictamen acusatorio y realizó el anuncio de las pruebas testimoniales, periciales y documentales que presentará en la audiencia de juzgamiento.

Información jurídica

Este caso se judicializa por peculado, tipificado en el artículo 278 del Código Orgánico Integral Penal.

 


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