Fiscalía obtiene pena máxima agravada por abuso sexual


BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1061-DC-2023

Fiscalía obtiene pena máxima agravada por abuso sexual


Quito (Pichincha), 11 de octubre de 2023.- Trece años y cuatro meses deberá permanecer Víctor Manuel R. privado de la libertad.

Durante el desarrollo de la audiencia de juicio, Fiscalía probó que él es responsable –en calidad de autor– del abuso sexual contra su vecina, una niña que fue vulnerada cuando tenía 9 años de edad.


El Tribunal Penal aplicó la máxima de la pena de diez años contra el procesado, por haber perpetrado el abuso sexual contra una persona menor de 14 años, quien además, tiene déficit cognitivo intelectual.

La acusación fiscal fue sostenida con los testimonios que rindieron la madre, abuela y tía de la víctima; así como el del médico legista que la valoró. En sus conclusiones, el perito dijo que se identificaron lesiones superficiales en la zona íntima de la niña.


Compareció también el agente de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos Sexuales, quien efectuó acciones bajo el direccionamiento de la Fiscalía de Género que llevó la causa.

La Fiscal del caso también llamó a testificar a una perita psicóloga, quien certificó un grado de discapacidad intelectual. Fiscalía solicitó la recepción de un testimonio anticipado de la niña, pero debido a su condición intelectual ella no pudo comunicarse con la especialista; sin embargo, sí lo hizo con su madre y con la psicóloga de Fiscalía.


De acuerdo a las pruebas practicadas por la Fiscal, el 11 de octubre de 2022 la niña estaba bajo cuidado de la tía materna. La pequeña salió de la casa sin que nadie se diera cuenta.

La búsqueda se extendió por todo el barrio situado en el nororiente de Quito. La niña escuchó que su tía y abuela gritaban su nombre y salió de la casa del procesado. Ella estaba en ropa interior, mientras que su agresor tenía la bragueta del pantalón abierta.


La madre de la niña le preguntó qué es lo que hacía en la casa de su vecino y ella respondió que él la tocó en sus partes íntimas.

Información jurídica

A más de aplicar la máxima pena que establece el artículo 170, inciso segundo del Código Orgánico Integral Penal, los jueces consideraron la circunstancia agravante del artículo 48, numeral 9 de la misma norma, que incrementa la sanción en un tercio del máximo de la pena cuando el agresor conozca a su víctima con anterioridad al cometimiento del delito.

 


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