Fiscalía obtiene sentencia de 9 años por robo con violencia
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 439-DC-2023
Fiscalía obtiene sentencia de 9 años por robo con violencia
Quito (Pichincha), 10 de mayo de 2023.- Con base en las pruebas expuestas por Fiscalía, un Tribunal de Garantías Penales sentenció a Giovanny Mauricio L. a nueve años con cuatro meses de prisión, como autor directo del delito de robo. Además, dispuso el pago de una multa por 20 salarios básicos unificados. El hecho ocurrió la tarde del 20 de diciembre de 2021, en el sector de Calderón.
En la audiencia de juicio, Fiscalía informó que el día del suceso una pareja de novios se encontraba conversando en un parque de la zona, cuando dos sujetos se acercaron y los amenazaron con cuchillos para que les entreguen sus pertenencias.
El hombre forcejeó con el ahora sentenciado para que no le robe su motocicleta. Giovanny Mauricio L. logró quitarle las llaves del vehículo y le provocó varias heridas con el arma blanca.
El otro implicado le arranchó la cartera a la mujer, donde guardaba el teléfono celular, la billetera y otros documentos y huyó del lugar. Él fue interceptado por un transeúnte.
En ese momento los moradores que se percataron del atraco lograron retener a Giovanny Mauricio L. y alertaron a los agentes de Policía que patrullaban en el sitio, por lo que fue aprehendido, en delito flagrante. La víctima fue trasladada a un hospital cercano para recibir atención médica.
En la audiencia de juzgamiento, el Fiscal del caso presentó las pruebas para demostrar la infracción, entre ellas se incluyeron: el testimonio de las víctimas, que en su relató reconocieron a Giovanny Mauricio L. como uno de sus agresores; el testimonio de los agentes aprehensores; el examen médico legal practicado a las víctimas, en donde se detalla las heridas sufridas por una de ellas; el reconocimiento del lugar de los hechos, entre otras.
Información jurídica
El delito de robo está tipificado en el artículo 189 del Código Orgánico Integral Penal, cuya pena privativa de libertad es de cinco a siete años. En este caso se sumó la circunstancia agravante del artículo 47, numeral 5, del mismo cuerpo legal: cometer la infracción con participación de dos o más personas.
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