Fiscalía apelará sentencia en el caso Vanessa Landinez

Ambato, 3 de junio del 2014.- La Fiscalía de Tungurahua apelará el fallo emitido por  los jueces del Tribunal de Garantías Penales de Tungurahua,  quienes por unanimidad ratificaron el estado de inocencia de E.G. El procesado es presunto responsable de la muerte de Vanessa Landinez, ocurrida en octubre del 2013.

Según el  fiscal Ángel Ocampo, la Fiscalía interpondrá el recurso de apelación, ya que considera que existen todos los presupuestos de ley para que los jueces emitan sentencia declarando la culpabilidad del acusado E.G. 

En la audiencia de juzgamiento, realizada el viernes 30 de mayo, el fiscal Ocampo presentó pruebas testimoniales de 15 personas, entre ellas peritos de Criminalística y del Centro de Investigaciones de Ciencias Forenses de Ambato, entre otras.

Asimismo, Ocampo se refirió a las pruebas documentales recabadas por la Fiscalía en contra del procesado, tales como: informes de exhumación y de autopsia, reconocimiento del lugar, parte policial del levantamiento del cadáver, registro de huéspedes del hotel, entre otros.

En los próximos días, los jueces Patricio García, Juan Mariño y Leonardo Gamboa emitirán a las partes procesales la sentencia debidamente motivada.

Vannessa Landinez falleció en un hotel de la ciudad de Ambato. Según el protocolo de autopsia médico legal, sus órganos internos se reventaron tras recibir golpes contundentes en todo el cuerpo, especialmente en el abdomen.

En el proceso consta que un huésped del hotel habría visto cerca de su ventana a la joven intentando levantarse del piso mientras su agresor le pisaba la mano contra el suelo. Además, otros cinco huéspedes habrían escuchado aquella madrugada gritos e insultos contra una mujer.

Datos:

E.G. permaneció detenido desde el 19 de octubre de 2013 hasta el 30 de mayo de 2014, en el Centro de Rehabilitación Social de Ambato.

En marzo del 2014, E.G. fue llamado a juicio como autor del delito de homicidio preterintencional tipificado y sancionado en el inciso primero del Art. 455 del Código Penal.