Delito: ejecución extrajudicial, constitutiva de una grave violación a los derechos humanos.
El 26 de noviembre de 1990, Gilberto T. viajaba desde Maldonado con su hijo menor de edad. Su destino era Tulcán, pero el vehículo que conducía perdió los frenos a la altura del control fronterizo del destacamento militar Tufiño del Batallón de Infantería No. 39 Mayor Galo Molina y destruyó la estructura de ese control.
Frente a este hecho, el oficial de infantería del Ejército, Mario Fabián R. E., salió del destacamento militar y –sin observar las reglas del uso progresivo de la fuerza, ejerciendo su autoridad y mando en su calidad de comandante del Destacamento– le arrebató el fusil de guerra a su subalterno, el centinela Luis S. G., y disparó varias veces con dirección al conductor del vehículo. Causó una fractura y desprendimiento de bóveda y base de cráneo del señor Gilberto Tapia Arteaga, produciéndole la muerte instantánea.
El ciudadano Gilberto T. es víctima de ejecución extrajudicial, delito que habría sido perpetrado por el jefe del destacamento militar, Mario Fabián R. E., quien es sobreseído por la justicia.
Tras la presentación del informe de la Comisión de la Verdad, la Fiscalía General del Estado abre una indagación previa para investigar al accionar desproporcionado del Jefe del destacamento militar.
Fiscalía inicia una instrucción de noventa días, tras haber presentado cargos penales contra el militar Mario Fabián R. E. por su presunta participación en el delito de ejecución extrajudicial. El juez de la Unidad Judicial Penal con sede en Tulcán ordena presentaciones periódicas al procesado ante la Fiscalía Nº 5 de Derecho Humanos en Pichincha y la prohibición de salida del país.
Fiscalía expone ante un juez de Tulcán su dictamen acusatorio contra el militar Mario Fabián R. E., por su presunta responsabilidad en el delito de ejecución extrajudicial, ocurrido en 1990; conforme el derecho internacional que, para la fecha de los hechos, se subsume en el artículo 450 del Código Penal.
El anuncio de prueba –exhibido en la audiencia preparatoria de juicio– consta de versiones de testigos presenciales, documentación recuperada en el Ministerio de Defensa respecto de las características del arma de guerra con el que se privó la vida de la víctima, pericias extraordinarias sobre el uso progresivo de la fuerza, respecto a la imprescriptibilidad de este delito, entre otros.
Al finalizar la audiencia preparatoria de juicio –y con base en el dictamen acusatorio sustentado en cuarenta y ocho elementos de convicción– el juez de la Unidad Judicial Penal con sede en Tulcán llama a juicio al militar Mario Fabián R. E., como presunto responsable de ejecución extrajudicial, ocurrida en 1990.