Fiscalía presentó apelación a la sentencia en caso Ministerio del Ambiente

Quito, 7 de febrero de 2014.- La Fiscalía General del Estado presentó  el recurso de apelación a la sentencia dictada por el Tercer Tribunal de Garantías Penales de Pichincha, en el caso de desvío de fondos del Ministerio del Ambiente (MAE).

Tras cinco semanas de audiencia de juzgamiento, el 10 de octubre de 2013, fueron sentenciados 30 de los 49 procesados por presunto peculado. 23 en calidad de autores, 7 como  cómplices y 19 fueron declarados inocentes por los jueces. El perjuicio económico ocasionado al Estado supera los siete millones de dólares.

El fiscal de la causa, Gustavo Benítez, no concuerda con varios puntos de la sentencia por lo que interpuso el recurso de apelación.

1.- En la parte pertinente del fallo, el Tribunal calificó en grado de cómplices a 7 personas. Ante esto la Fiscalía,  solicita a los jueces que valoren los grados de participación de los  ciudadanos referidos y se los califique como coautores, pues según la jurisprudencia, las personas que participan en el cometimiento del delito de peculado, son coautores.

2.- En la sentencia, el Tercer Tribunal confirmó el estado de inocencia a favor de 17 ciudadanos,  por el principio de la duda tras considerar que no existe certeza de la participación de estas personas con conocimiento y voluntad; y de otra parte porque a criterio del Tribunal, han desplazado la responsabilidad a otros.

El fiscal Benítez, no concuerda con el  pronunciamiento de los jueces, toda vez que el principio de duda se aplica solo en el caso de que no existieran pruebas del delito y de la participación de los procesados; por lo  que se deduce que no valoraron las pruebas aportadas por la Fiscalía y el acusador particular en la audiencia de juzgamiento.

La Fiscalía demostró la existencia del delito de peculado con 16 testimonios y  33 pruebas documentales. La acusación particular presentó   2 testimonios y 3 pruebas documentales.   Y de otra parte el desplazamiento de la responsabilidad se da cuando dicho argumento se lo demuestra en juicio, y en el presente caso los acusados no lo demostraron sino sólo con su testimonio.

3.- Finalmente, el Tribunal se refiere a que “se puede presumir participación de terceros no procesados en los hechos materia de juzgamiento” y menciona a 10 personas que fueron nombradas en el proceso. En respuesta a este punto, en el recurso  de apelación, la Fiscalía expresa que investigó a estos ciudadanos, muchos de los cuales son nombres ficticios, otros  tienen dictamen abstentivo y algunos han sido referidos por los acusados sin tener pruebas en su contra.

Datos:

  • El delito de Peculado  está tipificado en el Art. 257 del Código Penal.