Sentencia agravada de 29 años para procesado por la violación a su hijastra

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 960-DC-2021

Sentencia agravada de 29 años para procesado por la violación a su hijastra

Francisco de Orellana (Orellana), 14 de octubre de 2021.- Un Tribunal de Garantías Penales de Orellana emitió sentencia agravada de veintinueve años y cuatro meses de prisión contra Leonso G. G., de 34 años, tras haberlo declarado culpable de la violación a una adolescente de 13 años de edad.

Los magistrados también señalaron que el sentenciado deberá pagar 10.000 dólares como parte de la reparación integral a la víctima y una multa de 600 salarios básicos unificados.

En la audiencia de juzgamiento, el fiscal Vicente Chamba demostró la materialidad de la infracción y la responsabilidad del procesado, con base en pruebas testimoniales y documentales.

Entre los principales medios probatorios expuestos ante el Tribunal se incluyen: el testimonio anticipado de la víctima, de la madre de la adolescente, de la abuela, de la perita médica-legal, de la psicóloga y de la trabajadora social. Además, los informes del examen físico y psicológico practicados a la agraviada y la pericia de reconocimiento del lugar de los hechos.

Los sucesos investigados por Fiscalía ocurrieron el 5 de noviembre de 2016: mientras la madre de la víctima vendía alimentos en la parte exterior del hogar, en la parroquia Coca, el agresor (el padrastro) llamó a la adolescente a la habitación, se acercó a ella y –bajo amenazas de que atentaría contra la vida de su madre y de su abuela– consumó el delito.

Información jurídica

Fiscalía procesó a Leonso G. G. como autor del delito de violación, tipificado en el artículo 171, inciso primero, numeral 3, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que es sancionado con pena privativa de libertad de diecinueve a veintidós años.

La sentencia se incrementó en un tercio debido a la aplicación de los agravantes establecidas en el artículo 48, numerales 5 y 9, del mismo cuerpo legal: compartir o ser parte del núcleo familiar de la víctima y conocer a la víctima con anterioridad a la infracción.

 

 

 

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