Sentenciado por el asesinato de su hijastro de 4 años

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 931-DC-2021

Sentenciado por el asesinato de su hijastro de 4 años

Quito (Pichincha), 06 de octubre de 2021.- A treinta y cuatro años y ocho meses de prisión fue sentenciado Kevin Ch. P. por el asesinato de su hijastro de 4 años. Un Tribunal de Garantías Penales también determinó el pago de una multa de 1.000 salarios básicos unificados.

En la audiencia de juicio, el fiscal José Cevallos demostró la materialidad delito y la responsabilidad del acusado con pruebas materiales, documentales y periciales, entre estas: los testimonios de personal de Dinased y Dinapen, quienes indicaron que el niño presentada hematomas en todo su cuerpo al momento del levantamiento del cadáver.

Según el testimonio del médico que presto los primero auxilios al infante, las contusiones en el cuerpo de la víctima no eran normales, sin que serían producto de violencia física o maltrato infantil.

La autopsia médico-legal practicada a la víctima determinó que la causa de muerte fue hemorragia cerebral, trauma cráneo encefálico, fractura cervical y traumas contusos, y que las lesiones corresponden a un niño maltratado.

Mientras que la prueba pericial de estudio psicológico del caso determinó que el menor sufría constantemente de violencia física. Además, la pericia psicológica al ya sentenciado indicó que se trata de una persona impulsiva y agresiva, pero consciente de sus actos.

Contexto

El hecho ocurrió el 20 de febrero de 2021 en la parroquia Ayora del cantón Cayambe.

Aproximadamente a las 14:00, el sentenciado agredió físicamente al niño hasta matarlo. La Víctima era hijastro y primo del agresor.

En el inmueble, la mayoría del tiempo, el niño estaba a cuidado del hoy sentenciado, ya que su madre salía a trabajar. De esto, se desprende que el entorno social para la víctima no era el más adecuado.

Por su parte, el hermano del agresor (7 años) manifestó que el niño siempre era castigado por su hermano (el sentenciado): lo encerraba en el cuarto, lo bañaba en agua fría, lo pegaba y que incluso –una vez– se desmayó de los golpes recibidos.

Información jurídica

Este caso se procesó por asesinato, según el artículo 140, numerales 2 y 6, del Código Orgánico Integral Penal (COIP): “colocar a la víctima en situación de indefensión, inferioridad o aprovecharse de esta situación” y “aumentar deliberada e inhumanamente el dolor a la víctima” se sancionará con una pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años.

Las circunstancias agravantes están contempladas en el artículo 47, numerales 7, 9 y 11, del mismo cuerpo legal: “cometer la infracción con ensañamiento en contra de la víctima”, “aprovecharse de las condiciones personales de la víctima que impliquen indefensión o discriminación” y “cometer la infracción en perjuicio de niñas, niños, adolescentes, adultos mayores, mujeres embarazadas o personas con discapacidad”.

 

 

 

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