Exprefecto y actual asambleísta, y exviceprefecta de Chimborazo, sentenciados por concusión

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 643-DC-2021

Exprefecto y actual asambleísta, y exviceprefecta de Chimborazo, sentenciados por concusión

Riobamba (Chimborazo), 07 de julio de 2021.- Con base a las pruebas presentadas por Fiscalía, la Corte de Justicia de Chimborazo declaró culpable al exprefecto, y actual asambleísta por esta provincia, Mariano C. y a la exviceprefecta Tránsito Ll., y los sentenció a tres años de prisión; sin embargo, por principio de favorabilidad se les redujo la pena a dos meses.

Para la extesorera de la Prefectura, Ana C., se le ratificó el estado de inocencia.

En la audiencia de juicio, la fiscal provincial Mayra Moreno presentó pruebas que demostraron descuentos ilegítimos en los salarios de los trabajadores del Gobierno Provincial durante la administración de Mariano C.

Entre estos: peritajes informáticos, informes de Contraloría, versiones y la recuperación de documentación del Gobierno Provincial, como informes de indicios de responsabilidad penal en contra de los ya sentenciados.

Los hechos se registraron desde el 2011 hasta el 2019, perjudicando a 300 trabajadores y empleados del GAD provincial, aproximadamente.

El descuento de fondos se habría producido para una presunta obra social. Sin embargo, no se ha justificado la utilización de esos fondos.

Dato adicional

Mariano C. se desempeñó como prefecto desde 2005 hasta 2019.

Información jurídica

A la fecha de los hechos, el delito de concusión estaba tipificado en el artículo 264 del Código Penal, que establecía una pena de dos meses a cuatro años de prisión, cuya norma tiene relación con el artículo 281 de Código Orgánico Integral Penal (COIP) y, aunque esté determina una pena de tres a cinco años, se aplicó el principio de favorabilidad establecido en el artículo 5, numeral 2, del mismo cuerpo legal (COIP).

 

 

 

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