Integrantes de presunta banda delictiva son procesados por asociación ilícita

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 413-DC-2021

Integrantes de presunta banda delictiva son procesados por asociación ilícita

Morona (Morona Santiago), 05 de mayo de 2021.- En audiencia de formulación de cargos, efectuada el martes 4 de mayo, Fiscalía inició una instrucción de treinta días contra cuatro detenidos por su presunta participación en el delito de asociación ilícita.

El juez Víctor Hugo Rivadeneira dictó orden de prisión preventiva para Fabián Vicente A., George Alexander B. y Viviana del Rocío L., mientras que para Yonder José B. dispuso prohibición de salida de país y presentación periódica una vez a la semana.

Fiscalía inició la investigación previa en noviembre de 2020, tras conocer –mediante un parte policial– sobre una organización delictiva que estaría asociada para el cometimiento de varios delitos, entre estos: tráfico ilícito de drogas, intimidación y porte de armas de fuego, en los cantones de Morona y Huamboya.

Como resultado de técnicas especiales de investigación, entre estas seguimientos y vigilancias, se evidenció que los cuatro ciudadanos habrían participado en estos hechos delictivos, por lo que el lunes 3 de mayo, Fiscalía y equipos especializados de la Policía Nacional allanaron cuatro viviendas y dos locales comerciales en Morona y Huamboya, donde fueron detenidos los ahora procesados.

Entre las evidencias se incautaron: un vehículo y una motocicleta que habrían sido utilizados para el cometimiento de los delitos, droga, balanzas y celulares.

Fiscalía inició el proceso penal con base en versiones, partes policiales de investigación y de detención, reconocimiento del lugar de los hechos y de evidencias, videos de cámaras de seguridad privadas y del ECU 9-1-1, entre otros elementos de convicción.

Dato jurídico

El delito de asociación ilícita está tipificado en el artículo 370 del Código Orgánico Integral Penal (COIP): cuando dos o más personas se asocien con el fin de cometer delitos, sancionados con pena privativa de libertad de menos de cinco años, cada una de ellas será sancionada, por el solo hecho de la asociación, con pena privativa de libertad de tres a cinco años.

 

 

 

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