Sentenciado por incumplir con boleta de protección emitida a favor de su expareja
BOLETÍN DE PRENSA FGE No 1217-DC-2020
La Libertad (Santa Elena), 31 de diciembre de 2020.- Fiscalía obtuvo sentencia de un año de pena privativa de libertad contra un procesado por haber violentado la disposición de una Jueza de contravenciones que le había impedido acercarse a su exconviviente, procediendo nuevamente a agredirla verbalmente y amenazarla de muerte. Ocurrió en el barrio Santa Catalina, en La Libertad.
En la audiencia de juicio, el fiscal Juan Pablo Arévalo presentó entre las pruebas: los testimonios de cinco personas, entre agentes investigadores y aprehensores, el de la víctima y del agente policial que notificó la medida. A esto se sumaron las pruebas documentales, entre estas el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, los certificados y datos biométricos del procesado y de su víctima, y copias certificadas de un proceso anterior.
Los jueces Abdón Monroy, Daysi Lindao y César Vélez acogieron las pruebas presentadas por Fiscalía y dictaron sentencia de un año de prisión para Rodolfo Félix A. M., así como el pago de una multa de seis salarios básicos unificados (2.400 dólares).
Contexto
El 26 de octubre de 2019, la ciudadana V. B. C. denunció a su exconviviente por agresión y violencia física, por lo que una Jueza de la Unidad de Violencia Intrafamiliar sancionó al agresor con diez días de prisión y emitió en su contra una boleta de auxilio y la prohibición de acercarse a la víctima y realizar actos de persecución o intimidación.
Al mes siguiente, Rodolfo Félix A. M. irrumpió en el domicilio de la mujer, donde procedió nuevamente a agredirla verbalmente y a amenazarla de muerte, por lo que la Jueza que había conocido el caso remitió a Fiscalía la copia certificada del proceso de contravención para que se inicie una investigación previa por el presunto delito de incumplimiento de decisión legítima de autoridad competente.
Dato jurídico
Fiscalía procesó este caso con base en el artículo 282, inciso 1, del Código Orgánico Integral Penal, que sanciona a la persona que incumpla órdenes, prohibiciones específicas o legalmente debidas, dirigidas a ella por autoridad competente en el marco de sus facultades legales, con pena privativa de libertad de uno a tres años.
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