Ciudadano fue sentenciado por ataque o resistencia

Ciudadano fue sentenciado por ataque o resistencia

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 947-DC-2020

Ciudadano fue sentenciado por ataque o resistencia

Francisco de Orellana (Orellana), 23 de octubre de 2020.- Al reconocer el delito por el que estaba procesado y acogerse al procedimiento abreviado, Wilson Patricio G. T., de 35 años, fue sentenciado a tres meses de prisión, como autor de ataque o resistencia.

Además, tres policías recibirán una indemnización de 100 dólares cada uno, como reparación integral de parte del procesado, quien también deberá entregar 100 dólares a la Institución Policial para reemplazar el parabrisas del patrullero que rompió. Adicionalmente, cancelará dos salarios básicos unificados como multa.

El reconocimiento de haber cometido o participado en un delito por parte de la persona procesada, no es suficiente elemento de convicción para emitir sentencia condenatoria. Por ello, el fiscal de Orellana, Vicente Chamba Paucar, expuso más de diez elementos probatorios para demostrar el delito y la participación del sentenciado.

Certificados médico-legales, versiones de los policías agredidos, informes del reconocimiento del lugar de los hechos, avalúo de los daños al auto policial, entre otros, fueron expuestos en la audiencia de procedimiento abreviado, según consta en la sentencia notificada por escrito.

Los tres policías –en cumplimiento de sus obligaciones–, fueron agredidos en la comunidad de Sarayaku, perteneciente a la parroquia San José de Dahuano (Orellana), el 13 de septiembre de 2020. El teniente político de dicho lugar llamó a los agentes para que acudieran a un pedido de auxilio por violencia intrafamiliar.

Al llegar, una mujer les dijo que su esposo la había agredido físicamente con golpes en el rostro. Buscaron al hombre, pero inmediatamente fueron agredidos por dos ciudadanos a pedradas, mientras gritaban improperios, en tanto afirmaban “¡aquí tienes que respetarme, que aquí están nuestros territorios!”.

Tras la lluvia de piedras, –que cayeron sobre los agentes y sobre el parabrisas del patrullero–, vinieron los golpes en el rostro y en diferentes partes del cuerpo, incluso escupitajos de ají en la cara de los policías. Wilson Patricio G. T. fue aprehendido, mientras el otro huyó.

Este caso se siguió por el delito de ataque o resistencia, tipificado en el artículo 283 inciso primero del Código Orgánico Integral Penal: “La persona que ataque o se resista con violencia o amenazas a los empleados públicos, a los depositarios o agentes de la fuerza pública, […] a los agentes de policía […] cuando obran en ejecución de las leyes […], serán sancionadas con pena privativa de libertad de seis meses a dos años”. Al acogerse al procedimiento abreviado, la pena fue consensuada para tres meses, con la obligación de cubrir reparaciones, multas e indemnizaciones.

 

 

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