42 privados de la libertad son procesados tras amotinamiento en la Cárcel de Ambato

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 314-DC-2020

42 privados de la libertad son procesados tras amotinamiento en la Cárcel de Ambato

Ambato (Tungurahua), 20 de abril de 2020.- En un principio, treinta y cuatro detenidos enfrentarían cargos (nuevamente); sin embargo, luego del levantamiento de indicios, Fiscalía presume la responsabilidad de cuarenta personas privadas de la libertad (PPL), por el presunto delito de incendio, mientras que los dos restantes, por ataque o resistencia; debido a los incidentes ocurridos este domingo en el Centro de Rehabilitación Social de Ambato.

La instrucción fiscal durará treinta días.

El las audiencias de calificación de flagrancia y formulación de cargos, vía telemática, el fiscal Cesar López afirmó que los privados de la libertad pertenecen al pabellón de máxima seguridad y que habrían intentado salir de las instalaciones.

Además, presentó ante el Juez, como elementos de convicción, el parte policial, los informes de reconocimiento de evidencias, de reconocimiento del lugar de los hechos, médico–legal de los heridos, versiones, entre otros, que permitieron el inicio del proceso penal.

Los hechos

La mañana del domingo 19 de abril, los privados de la libertad habrían ocasionado un incendio en el interior de la cárcel de Ambato, aduciendo que existen reclusos contagiados de Covid-19 y que se habrían vulnerado sus derechos al no permitir que sus familiares los visitaran.

Durante una hora se amotinaron para intentar una fuga, mientras que dos PPL habrían herido a personal policial que intentaba controlar la situación.

En el operativo coordinado entre Fiscalía y Policía Nacional se decomiso catorce teléfonos celulares, sesenta y ocho armas cortopunzantes, tres televisores y varias dosis de sustancias sujetas a fiscalización, entre otros artículos prohibidos, con los que se comunicaban con el exterior.

Dato jurídico

El delito de ataque o resistencia está tipificado en el artículo 283 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), mientras que el delito de incendio, en el artículo 364 del mismo cuerpo legal, que se sanciona con pena privativa de libertad de diez a trece años.

 

 

 

Información de contacto:

Dirección de Comunicación Social

comunicacionsocial@fiscalia.gob.ec

Teléfono: 3985800 Ext. 173123