Fiscalía apelará el fallo dictado en caso de femicidio

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 042-DC-2020

Fiscalía apelará el fallo dictado en caso de femicidio

San Miguel de Los Bancos, 15 de enero de 2020.- La Fiscalía Especializada en Violencia de Género de San Miguel de los Bancos apelará la pena de 26 años, impuesta por el Tribunal de Garantías Penales de Pichincha al ciudadano Franklin Ramiro M. A.

Fue acusado por la Fiscalía como autor del femicidio de su conviviente de 24 años, Marjorie Guadalupe M. M., con las circunstancias agravantes 6, 9 y 14 del artículo 47 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), detalladas en la audiencia de juzgamiento, realizada el 9 de enero de 2020.

Estas son: aumentar el daño para la víctima; aprovecharse de las condiciones de indefensión y afectar a varias víctimas, en este caso a la hija de once meses de la pareja. El fiscal del caso, Alejandro Vásconez, explicó que de haber sido consideradas, la pena habría alcanzado los treinta y cuatro años ocho meses de prisión.

El Tribunal de Garantías Penales de Pichincha, integrado por Edmundo Samaniego Luna (ponente), Mabel Tapia y Marcelo Hernán Narváez-, tampoco consideró el pedido de reparación integral por veinte mil dólares a favor de la hija, disponiendo, solamente, el pago de cinco mil.

Asimismo, en el desarrollo del juicio, el Juez ponente interrumpió en varias ocasiones el testimonio del agente investigador de la Dirección de Delitos contra la Vida, Desapariciones, Extorsión y Secuestros de Personas (Dinased) –presentado como testigo por la Fiscalía- cuando el profesional explicaba las diferencias científicas de las huellas que deja una muerte violenta (femicidio) por ahorcamiento y un suicidio por asfixia, manifestó el fiscal.

En este sentido, explicó que según el numeral 8 de artículo 501 del COIP, una de las reglas generales es que “los testimonios no podrán ser interrumpidos, salvo que exista una objeción por parte de los sujetos procesales”.

Los hechos

Al mediodía del 1 de marzo de 2019, la Policía de Los Bancos recibió una llamada de Franklin Ramiro M. A. para informar el “suicidio” de su conviviente. Según su relato, la encontró colgada de un árbol en el lugar donde ordeñaban las vacas, ubicado a 20 minutos de camino de la vivienda en la que residía la pareja y los padres del procesado. Sin embargo, la autopsia médico-legal determinó que murió por asfixia por estrangulación: ahorcada no por una soga, sino por otra persona. Además, la boca de la víctima estaba llena de tierra.

Durante las investigaciones se detectaron incongruencias en las versiones del detenido y de sus padres respecto a la hora en que la joven salió a ordeñar. Familiares y amigos de la víctima precisaron que fue una mujer alegre. Cuando se unió a su pareja se sumió en la tristeza, hablaba y lloraba en susurros. La madre en su testimonio aseveró que el procesado ya trató de ahorcar a su hija en una ocasión. La hermana aseguró que la víctima le dijo “orarás por mí” y que para llamarla tenía que robar el saldo de su suegro, ya que Franklin Ramiro M. A. le prohibió tener celular. También le impidió trabajar.

Una de las pruebas que el Tribunal Penal no tomó en consideración, según el fiscal, es que Franklin Ramiro M. A. hizo que su conviviente se endeudara por diez mil dólares para pagar la pensión de alimentos que tenía por un compromiso anterior y por el que había sido detenido.

 

 

 

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