CASO NORMA VALLEJO

Delito: concusión.


La Fiscalía General del Estado inició una investigación por un presunto delito de concusión en contra de la entonces asambleísta Norma V., luego de las denuncias presentadas por el asambleísta Fabricio Villamar (CREO) y varios de sus colaboradores, en las que señalaron que ella cobraba a sus exasesores montos entre 150 y 300 dólares en efectivo para permanecer en sus cargos.

Los montos podían llegar a los mil dólares. Durante la investigación se difundió un audio en el que se escucha una supuesta conversación con uno de sus excolaboradores, en ese sentido.
2018
13 de noviembre de 2018

La Asamblea Nacional destituye a Norma V. “por gestionar cargos públicos”, dentro de las acusaciones de cobros indebidos a funcionarios de la función Legislativa.

6 de diciembre de 2018

Fiscalía pide a la Corte Nacional de Justicia que señale fecha y hora para formular cargos por el delito de concusión (cuando un funcionario público abusa de su condición para exigir pagos). La causa es sorteada y recae en el juez Iván Saquicela.

17 de diciembre de 2018

El Juez pide a la Asamblea Nacional la autorización para el procesamiento penal.

2019
8 de enero de 2019

El Legislativo devuelve el pedido debido a que la procesada ya no goza de la condición de asambleísta, por lo tanto: ‘no es competencia de la Asamblea pronunciarse al respecto’.

12 de febrero de 2019

Se desarrolla la audiencia de formulación de cargos por el presunto delito de concusión, en contra de Norma V. El Juez dispone el inicio de la instrucción fiscal y medidas cautelares no privativas de libertad: prohibición de salida del país, presentación periódica, prohibición de enajenar bienes por 13.800 dólares y retención de fondos de sus cuentas.

06 de junio de 2019

Iván Saquicela, juez de la Corte Nacional de Justicia, resuelve llamar a juicio a la exlegisladora.

2020
23 de julio de 2020

Tribunal de la Corte Nacional de Justicia niega la suspensión condicional de la pena solicitada por la exasambleísta Norma V., al no cumplir con el requisito número 3 del artículo 630 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

25 de junio de 2020

Se instala el primer día de audiencia de juicio contra le exlegisladora. La Fiscal General señala que este es un caso que afecta a la eficiencia de la administración pública y que ocurrió entre mayo de 2017 y noviembre de 2018, en la Asamblea Nacional. A través de los aportes entregados, la exfuncionaria se habría beneficiado de aproximadamente 17.930 dólares, que habrían sido utilizado para cancelar deudas personales, gastos de su despacho, pagos de eventos y para aportes al movimiento Alianza PAIS.

Fiscalía presenta su prueba documental, testimonial y pericial. Varios excolaboradores de Norma V. testificaron ante el Tribunal y confirmaron la exigencia de los pagos como condición para mantenerse en sus puestos de trabajo.

26 de junio de 2020

En su alegato de cierre, la fiscal general del Estado, Diana Salazar, solicita al Tribunal la pena máxima de seis años y seis meses para la exasambleísta Norma V., por el delito de concusión, una multa de doce salarios básicos unificados y la indemnización al Estado por 17.930 dólares. Como medida de satisfacción, solicitó –además– disculpas públicas y, como garantía de no repetición, la publicación de la sentencia en el portal web de la Asamblea Nacional y en tres medios de circulación nacional, para que se conozca que ningún funcionario público puede exigir dinero a sus subalternos y estos actos no se repitan en ninguna institución del Estado.

(Tribunal delibera resolución de sentencia)

14 de julio de 2020

Tribunal Penal de la Corte Nacional de Justicia, conformado por los jueces Dilza Muñoz, Marco Rodríguez y Iván León, declaró culpable a Norma V. por el delito de concusión y la sentenció a un año de prisión.

Además, el valor a pagar como reparación integral será de 9.050 dólares a favor de los acusadores particulares y la diferencia de 14.100 dólares será entregada al Estado.

Tambien resolvió que la sentenciada emita disculpas públicas a través de una sesión del Pleno de la Asamblea Nacional, vía telemática, y la publicación de la sentencia en tres diarios de circulación nacional, en día domingo.

Norma V. queda impedida de ser candidata a cargos públicos de elección popular o contratar con el Estado por el tiempo que dure la pena y no podrá enajenar bienes.

23 de julio de 2020

Tribunal de la Corte Nacional de Justicia niega el pedido de suspensión condicional de la pena solicitada por la exasambleísta Norma V. La decisión se toma luego de haber confirmado que no se cumple con el requisito número 3 del artículo 630 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Los magistrados acogen el pedido de Fiscalía, pues el delito de concusión es uno de los más graves que lesiona la eficiencia de la administración pública.

2021
07 de enero de 2021

Con base en los argumentos presentados por la Fiscalía General del Estado, Tribunal de la Corte Nacional de Justicia acoge recurso de apelación e incrementa la sentencia, de uno a dos años de pena atenuada, contra la exasambleísta Norma V., como autora del delito de concusión.

Se aclara, además, que la pena mínima del delito de concusión, tipificado en el artículo 281 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), es de 3 años y que si se reduce un tercio (1 año), la pena debía ser de dos años y no de uno como dictó el Tribunal en primera instancia.

2022
19 de julio de 2022

La Fiscalía General del Estado presentará una acción extraordinaria de protección ante la Corte Constitucional, tras la resolución del Tribunal de Casación de la Corte Nacional de Justicia, que concede la suspensión condicional de la pena a la exasambleísta Norma V., sentenciada por concusión.

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