Ola B. ahora es investigado por presunto acceso no consentido a un sistema informático

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 304-DC-2019

Ola B. ahora es investigado por presunto acceso no consentido a un sistema informático

Quito, 29 de agosto de 2019.- Fiscalía General del Estado reformuló cargos en contra del ciudadano sueco Ola B. y del ecuatoriano Marco A., por su presunta participación en el delito de acceso no consentido a un sistema informático, telemático o de telecomunicaciones. Los procesados eran investigados –en primera instancia– por el delito de ataque a la integridad de sistemas informáticos.

Durante la audiencia, desarrollada la tarde de este jueves 29 de agosto, la jueza Yadira Proaño ratificó las medidas cautelares dictadas en su contra: prohibición de salida del país y presentación cada ocho días ante el fiscal que lleva la causa.

La Fiscalía indicó que durante la investigación surgieron nuevos elementos de convicción que hacen variar la calificación jurídica realizada en la audiencia de formulación de cargos, el pasado mes de abril, por lo que presentó nuevos indicios como las actas de audiencias privadas llevadas a cabo en el Departamento de Criminalística y en presencia de las partes, donde se materializó la información de varios dispositivos electrónicos de Ola B., entre ellos un teléfono celular cuya contraseña se logró conocer por una cámara de seguridad del edificio donde reside el procesado.

Además constan varios informes que determinan que el ciudadano sueco accedió a una red privada de la Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT), la cual tenía relación con la Secretaría Nacional de Inteligencia (Senain) y Petroecuador. Es decir, habría accedido sin consentimiento a ese sistema, a pesar de la advertencia que decía “el acceso o uso no autorizado se considera un acto criminal”.

Esto se pudo evidenciar gracias a una fotografía que se encontró en el dispositivo celular de Ola B., imagen que fue compartida mediante la aplicación WhatsApp con el otro procesado, Marco A.

Con base en los informes presentados por los representantes de CNT, al sentirse perjudicados porque sus sistemas fueron vulnerados, presentaron la respectiva acusación particular.

Datos jurídicos

  • El acceso no consentido a un sistema informático, telemático o de telecomunicaciones está tipificado en el artículo 234 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con pena privativa de libertad de tres a cinco años.
  • El Artículo 596 del COIP establece que si durante la etapa de instrucción, los resultados de la investigación hacen variar justificadamente la calificación jurídica de la impugnación hecha en la formulación de cargos, el fiscal deberá solicitar al juzgador audiencia para motivar la reformulación.

 

 

 

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