6 años de prisión por tentativa de violación contra adolescente
BOLETÍN DE PRENSA FGE No 1048-DC-2020
Cuenca (Azuay), 16 de noviembre de 2020.- Por la tentativa de violación contra una adolescente de 16 años, Víctor Hugo D. fue sentenciado a seis años y tres meses de privación de libertad.
En la audiencia de juicio, desarrollada el viernes 13 de noviembre, Tribunal de Garantías Penales del Azuay también dispuso el pago de una reparación integral a la víctima.
María José Flores, fiscal de la Unidad Especializada en Violencia de Género, acusó al sentenciado con base en el testimonio del médico legista, que examinó a la víctima y encontró lesiones en varias partes de su cuerpo; el testimonio de una perito en psicología, que en su informe concluyó que la adolescente presenta sintomatología compatible con haber sobrevivido a un acto de naturaleza sexual.
También, una perito en genética forense expuso que en las muestras tomadas del cuerpo de la víctima se encontró perfil genético del sentenciado. Además, fueron presentados el testimonio anticipado de la víctima, un informe de trabajo social, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y el testimonio de un agente investigador de la Dinapen.
Con estas pruebas, Fiscalía demostró que la noche del 19 de junio de 2020, Víctor Hugo D. invitó a su domicilio –ubicado en la Av. de los Migrantes y Alberto Alvarado Cobos, en Cuenca– a una amiga, a su primo y a la víctima, para festejar su cumpleaños.
Alrededor de las 02:00, la pareja de invitados se retiró de la vivienda y la adolescente decidió también irse del lugar, pero antes le pidió un vaso con agua al sentenciado. Luego de beber el agua se sintió mareada, perdió el conocimiento por un momento y lo que recuerda después es que el sentenciado intentó agredirle sexualmente, ante lo cual ella se defendió, corrió hacia la puerta y huyó.
Dato jurídico
Víctor Hugo D. fue sentenciado según el artículo 171 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de violación con privación de libertad de diecinueve a veintidós años; en relación con el artículo 39 del mismo cuerpo legal, que tipifica la tentativa como la ejecución de un hecho que no logra consumarse por circunstancias ajenas a la voluntad del autor, a pesar de que, de manera dolosa, inicie la ejecución de un delito.
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