5 sentenciados por peculado en institución educativa
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 185-DC-2020
La Fiscalía de Santa Elena obtuvo sentencia condenatoria contra los procesados –que se encuentran prófugos– por el delito de peculado. Las pruebas presentadas determinaron el desvío de dinero de un establecimiento educativo del sector público. El hecho ocurrió en Salinas, en el año 2004.
Salinas (Santa Elena), 20 de febrero de 2020.- El Tribunal de Garantías Penales de Salinas acogió las pruebas documentales, periciales y testimoniales presentadas por Fiscalía y emitió sentencia condenatoria, en el grado de autores del delito de peculado, contra Julio Enrique A. D., Jessica Jazmín M. F., Janeth Alexandra T. G., Simón Rodrigo M. S. y María Aracely R. R., en el caso de pagos indebidos realizado en un colegio militar, que ocasionaron un perjuicio económico a la institución educativa.
El fiscal de la Unidad Multicompetente de Salinas, Víctor Hugo Zurita, en la audiencia de juzgamiento, presentó las pruebas documentales y testimoniales del caso, entre las cuales se destacan: el informe con indicios de responsabilidad penal y examen especial realizado por la Contraloría General del Estado, durante el periodo de gestión 2002 – 2004, que determina un perjuicio de 3.376,08 al estado ecuatoriano.
Además, diez personas rindieron su testimonio, entre ellas, agentes de la Policía Judicial y Criminalística, peritos de la Contraloría General y el rector de la institución educativa militar perjudicada.
El Tribunal Penal, conformado por los jueces Milton Pozo, César Vélez y Daisy Lindao, emitió sentencia condenatoria de diez años de reclusión mayor ordinaria, una multa de 300 dólares y el pago de 4.000 dólares como reparación integral, a cada uno de los cinco procesados.
Además, los magistrados solicitaron a la Policía Judicial que proceda a la localización y captura de los ahora sentenciados y que sean trasladados al centro carcelario de esta provincia, para que cumplan con la pena impuesta. A ello, de conformidad a lo establecido en el artículo 257, inciso 4, del Código Penal, los sentenciados quedan incapacitados para el desempeño de todo cargo o función pública.
Fiscalía inició un proceso investigativo por un supuesto perjuicio a una entidad educativa del sector público, luego de que la Contraloría General del Estado emitiera un informe de responsabilidad penal contra funcionarios de dicho centro de estudio, por dos egresos económicos correspondientes a órdenes de trabajo para servicios de contabilidad (1.324,80 dólares) y trabajo de mantenimiento y pintura del edificio principal (2.052,00 dólares).
Los procesados se desempeñaban en funciones administrativas dentro de la institución: Julio Enrique A.D. era Jefe Financiero, Jessica Jazmín M. F., colectora; Janeth Alexandra T. G., contadora; y María Aracely R. R., analista presupuestaria. El otro procesado, Simón Rodrigo M. S., era el proveedor de servicios.
Dato jurídico
Fiscalía procesó este caso, según a lo dispuesto en el artículo 257, inciso primero, del Código Penal anterior, que indica que los servidores de los organismos y entidades del sector público que, en beneficio propio o de terceros, hubiera abusado de dineros públicos o privados en virtud o razón de su cargo, ya consista el abuso en desfalco, disposición arbitraria, será sancionado con reclusión mayor ordinaria de ocho a doce años.
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