4 sentenciados por destrucción de registros públicos
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 323-DC-2025
4 sentenciados por destrucción de registros públicos
Chone (Manabí), 04 de abril de 2025.- Tribunal Penal en Chone dictó sentencia condenatoria de trece años y cuatro meses de pena privativa de libertad contra Jhonnya B., José V., Winter P. y Sandra L., tras ser declarados culpables del delito de destrucción de registros públicos. La decisión se basó en las pruebas presentadas por la Fiscalía General del Estado. Todos se desempeñaban como funcionarios del Gobierno Autónomo Descentralizado (GAD) de Bolívar.
Según la tesis presentada por la Fiscalía, el 11 de mayo de 2023, Jhonnya B. ‒exdirectora financiera del GAD‒, junto con los otros tres ahora sentenciados, ingresaron a las instalaciones del Municipio y destruyeron documentación relacionada con posibles irregularidades cometidas durante la administración saliente.
El hecho ocurrió tres días antes de que las nuevas autoridades ‒electas para ese cantón‒ asumieran sus funciones. Fueron ellas quienes presentaron la denuncia ante Fiscalía, lo que permitió iniciar la investigación y procesar a los responsables.
Durante la audiencia de juicio, Fiscalía presentó las pruebas recabadas durante la etapa de instrucción fiscal, entre ellas: los testimonios de funcionarios del GAD de Bolívar, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y el informe investigativo.
También se incluyó como elemento probatorio la grabación obtenida por una cámara de seguridad del lugar donde se cometió el delito. Las demás cámaras de videovigilancia fueron destruidas y los equipos de grabación sustraídos por los exfuncionarios, con la intención de eliminar evidencia.
Luego de haber analizado las pruebas presentadas, el Tribunal ‒de forma unánime‒ declaró culpables a los procesados, concluyendo que se valieron de su condición de servidores públicos para acceder a las oficinas y destruir deliberadamente documentos específicos.
Información jurídica
El artículo 347 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) sanciona con pena privativa de libertad de siete a diez años a quien cometa el delito de destrucción de registros públicos.
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