4 ciudadanos sentenciados por asociación ilícita en Cayambe

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 534-DC-2019

4 ciudadanos sentenciados por asociación ilícita en Cayambe

En el operativo liderado por la Fiscalía, se allanaron dos escuelas de conducción y las oficinas de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) en ese cantón.

Quito (Pichincha), 23 de octubre de 2019.- César Adolfo C. (funcionario de la ANT), Lida Jimena L., Rosario Guillermina A. y Lucas R. se acogieron al procedimiento abreviado y fueron sentenciados a un año de privación de libertad, como autores directos del delito de asociación ilícita y tráfico de influencias, en concurso ideal de infracciones.

Mientras que para Marcelo E. y Robinson Darío N. se inició una instrucción fiscal de noventa días y se ordenó la medida cautelar de prisión preventiva, según lo dispuesto por el juez de la Unidad Penal de Cayambe, Rafael Chimborazo.

En la audiencia de formulación de cargos, instala la tarde y noche del 22 de octubre de 2019, el fiscal multicompetente, José Cevallos, expuso los indicios encontrados en el operativo, como licencias de conducir, pruebas de manejo ya calificadas, pero sin nombres, certificados de sangre con nombres adulterados, exámenes psicosensométricos sin respaldo, recibos de pago y dinero en efectivo.

La madrugada del 22 de octubre de 2019, Fiscalía, en coordinación con la Policía Nacional y la Secretaría Nacional de Transparencia y Anticorrupción, allanó las oficinas de la ANT en Cayambe y dos escuelas de conducción del mismo cantón. La diligencia dejó como resultado seis personas detenidas.

Según las investigaciones, estas escuelas emitían exámenes calificados, sin que los estudiantes comparecieran y entregaban documentación para ingresar a la ANT, obtener licencias o recuperar puntos.

Dato jurídico
Los delitos por los que se formularon cargos están contemplados en los artículos 370 (asociación ilícita) y 285 (tráfico de influencias), en concurso ideal de delitos, del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Según el artículo 635 del COIP, para que una persona se ampare en el procedimiento abreviado, debe admitir el hecho que se le atribuye y consentir el procedimiento para acogerse a una pena reducida, que se puede aplicar en delitos con hasta diez años de privación de la libertad.

 

 

 

 

 

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