4 años de internamiento institucional cerrado para adolescente por el delito de terrorismo
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 222-DC-2024
4 años de internamiento institucional cerrado para adolescente por el delito de terrorismo
Esmeraldas (Esmeraldas), 19 de febrero de 2024.- Con base en las pruebas presentadas por Fiscalía, el Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Esmeraldas que conoció la causa sentenció a un adolescente de 17 años por el delito de terrorismo.
Los hechos se registraron la madrugada del 18 de diciembre de 2023, cuando se escuchó la detonación de un artefacto explosivo en la calle Eloy Alfaro. La onda expansiva hizo estallar las ventanas del inmueble. De inmediato, personal policial, alertado por el ECU 9-1-1, avanzó al sitio.
Los uniformados vieron una motocicleta que se movilizaba por el lugar, cuyos ocupantes –al notar la presencia su presencia– intentaron huir.
Tras una persecución ininterrumpida de aproximadamente diez minutos, el copiloto se lanzó de la moto con el objetivo de ocultarse en la maleza, aprovechando la oscuridad del sector. Momentos después, la Policía logró interceptarlo en una vivienda abandonada de ese sitio, minutos más tarde.
Fiscalía lo procesó y este viernes 16 de febrero se llevó a cabo la audiencia de juzgamiento, en la que se presentaron como pruebas: los testimonios de los policías que participaron en el operativo de aprehensión, del perito que practicó el reconocimiento del lugar de los hechos, del agente investigador y del perito de criminalística que efectuó la experticia de audio y video a los videos del ECU 9-1-1.
También se expusieron: una pericia morfológica, con la que se comprobó que fue el adolescente quien lanzó el objeto explosivo al inmueble de dos plantas, lo que fue determinante en la decisión del Juez.
El Magistrado dictó sentencia condenatoria –con base a lo estipulado en el Código de la Niñez y Adolescencia– por el delito de terrorismo, tipificado en el artículo 366, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), en concordancia con el artículo 42, numeral 1, literal a, del mismo cuerpo legal.
Información jurídica
El artículo 380 del Código de la Niñez y la Adolescencia señala los distintos regímenes de la ejecución de la medida socioeducativa de internamiento Institucional: cerrado, semiabierto y abierto. En este caso, el adolescente infractor deberá permanecer internado –a tiempo completo– en un centro para el cumplimiento de la medida.
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