35 años para asesino de su exconviviente e hija

 

Guayaquil, 11 de junio del 2015.-  A 35 años de reclusión mayor especial fue sentenciado Christian V. por el asesinato de su exconviviente e hija de 3 años. Así lo dio a conocer el Tribunal Cuarto de Garantías Penales del Guayas quien notificó la sentencia por escrito la tarde del miércoles 10 de junio.

El Tribunal determinó que Christian V. es autor del delito tipificado y sancionado en el artículo 450 del Código Penal (con todas las agravantes), en concordancia con el artículo 81, por lo que se le impuso la pena máxima acumulada que contempla ese cuerpo legal.

La audiencia de juicio se efectuó el pasado 30 de abril. Allí la fiscal Karen Kinchuela presentó las pruebas testimoniales, documentales y los informes de las experticias practicadas en torno al doble crimen, ocurrido el 9 de mayo del 2014, en la cooperativa La Roca, sector de Mapasingue, al norte de Guayaquil.

Con estas pruebas, la Fiscalía  demostró que el hoy sentenciado asesinó a su conviviente con alevosía, ensañamiento y premeditación. Según las investigaciones fiscales, el hombre discutió con su pareja, la apuñaló 40 veces y luego degolló a su hija.

Consumado el doble asesinato,  Christian V. huyó con su ropa ensangrentada. Horas más tarde fue capturado en un operativo dirigido por la Fiscalía en coordinación con la Policía Nacional, en el sector de Flor de Bastión, noreste de Guayaquil.

El protocolo de necropsia determinó que las dos personas  fallecieron  por heridas de arma blanca. Mientras que el examen médico legal concluyó que la mujer de 20 años, trató de defenderse de la agresión porque tenía cortes en los dedos, manos, brazos y antebrazos,  a más de las heridas registradas en diferentes partes del cuerpo.

La fiscal Kinchuela también presentó los informes de los peritajes del reconocimiento del lugar, de la reconstrucción de los hechos e inspección ocular técnica, a más de los testimonios de 7 testigos convocados por la Fiscalía, entre quienes constaron policías, peritos, familiares y vecinos del sector.

El cometimiento del doble crimen en el mismo momento y lugar fue determinante para que el Tribunal aplicara la acumulación de penas. 

La fiscal María Coloma, quien investigó el caso, explicó que se dio la acumulación de penas debido a que el sentenciado cometió al menos dos delitos sancionados con penas de reclusión mayor especial como son el asesinato y el filicidio.

La fiscal Coloma citó el párrafo 2 numeral 3 del artículo 81 del Código Penal,  el cual señala que en caso de concurrencia de varias infracciones, se observará la siguiente regla: “cuando concurran varios delitos reprimidos con reclusión mayor especial, se acumularán las penas por un máximo de 35 años”.