29 años de prisión por la violación de su sobrina

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 523-DC-2019

 

29 años de prisión por la violación de su sobrina

Producto del delito perpetrado, la niña resultó embarazada. Fiscalía demostró la responsabilidad penal del ciudadano.

Píllaro (Tungurahua), 21 de octubre de 2019.- Milton C. C. fue sentenciado por el delito de violación perpetrado en contra de su sobrina desde que ella tenía 9 años. Los hechos ocurrieron en el sector de Huagrahuasi, San José de Poalo, en Píllaro.

Después de que se evacuaran las pruebas presentadas por Fiscalía, el procesado fue sentenciado a veintinueve años y cuatro meses de privación de libertad, pena que cumplirá de inmediato en el Centro de Rehabilitación Social de Ambato.

Los hechos
En abril de 2018, la víctima presentaba dolores fuertes en su estómago, por lo que la llevaron al médico, quien sugirió practicar otros exámenes, que determinaron que tenía veintiún semanas de embarazo.

En ese momento la menor rompió el silencio y contó que el progenitor del bebé era su tío, quien la violaba desde los 9 años. Según la investigación, la última ocasión en que se perpetró el delito fue en diciembre de 2017. Por temor a represalias, la víctima no contaba lo sucedido.

Después de que sus familiares presentaran la denuncia, Milton C. C. fue aprehendido para el inicio del proceso penal en su contra.

Audiencia

En la audiencia de juzgamiento, el fiscal de Píllaro, Lenin Haro, sustentó la acusación con pruebas documentales, periciales y testimoniales, entre estos, el testimonio anticipado de la víctima y de su madre, el informe psicológico y el de reconocimiento del lugar de los hechos; el examen ginecológico, el examen médico-legal, el informe pericial del entorno social, la ecografía, testimonios policiales, entre otros.

En consecuencia, y con base a las pruebas presentadas por Fiscalía, el Tribunal de Garantías Penales de Ambato declaró a Milton C. C. culpable por el delito de violación y lo condenó a una pena de veintinueve años y cuatro meses de prisión y al pago de una reparación integral a la víctima, misma que se notificará en los próximos días.

Dato jurídico
El delito de violación está tipificado en el artículo 171, numeral 3, del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Aunque es sancionado con pena privativa de libertad de diecinueve a veintidós años, en este caso el ciudadano fue juzgado por las circunstancias agravantes del artículo 48, numerales 4, 5 y 9 del mismo cuerpo legal.

 

 

 

 

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