29 años de prisión por la violación de su hijastra

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 108-DC-2020

29 años de prisión por la violación de su hijastra

Fiscalía demostró la responsabilidad del agresor con pruebas testimoniales, documentales y periciales.

Morona (Morona Santiago), 30 de enero de 2020.- Miguel Ángel G. deberá cumplir una condena de veintinueve años y cuatro meses de privación de libertad por la violación a su hijastra, de 12 años.

Así lo dispuso el Tribunal de Garantías Penales de Pastaza, que conoció este caso luego de que –en audiencia de apelación– la Sala de Garantías Penales de Morona Santiago declaró la nulidad desde la audiencia de juicio por no existir el audio de la misma. En esta diligencia, el Tribunal de Garantías Penales había sentenciado a Miguel Ángel G., a cinco años de privación de libertad por abuso sexual, a pesar de que Fiscalía lo acusó por violación.

El hecho investigado por el fiscal de Asuntos Indígenas, Lino Saant Marian, ocurrió en noviembre de 2014, alrededor de las 20:00, cuando la víctima se encontraba sola en el domicilio, situado en la comunidad shuar San Luis Inimkis, del cantón Morona.

Miguel Ángel G. aprovechó que su cónyuge estaba internada en el hospital para agredir sexualmente a su hijastra. Luego del hecho, amenazó a la víctima, advirtiéndole que si avisaba lo sucedido la mataría a ella y a su familia.
Fiscalía demostró su teoría del caso con el testimonio de una psicóloga, que durante una visita al centro educativo donde estudia la adolescente, conoció el caso y presentó la denuncia.

También fue presentado el testimonio anticipado de la víctima, quien señaló a su padrastro como el responsable de la agresión sexual. A estos se sumó el informe médico legal, con el que se probó la existencia de la infracción; la pericia psicológica y el reconocimiento del lugar de los hechos.

Dato jurídico
Miguel Ángel G. fue sentenciado según el artículo 171, inciso uno, numeral tres, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de violación con privación de libertad de diecinueve a veintidós años. También se aplicaron agravantes.

 

 

 

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