29 años de prisión para responsable de la violación a su prima


BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1264-DC-2023

29 años de prisión para responsable de la violación a su prima


Caluma (Bolívar), 28 de noviembre de 2023.- Luego de que Fiscalía demostrara su participación en el delito de violación, Josué Izurieta B. fue sentenciado a veintinueve años y cuatro meses de pena privativa de la libertad: agredió sexualmente a su prima de 13 años (a la fecha de los hechos).

El fallo incluye una multa y mecanismos de reparación integral a favor de la víctima, cuyos montos serán notificados en la sentencia escrita, además de las medidas de protección solicitadas por el Fiscal de la causa.


Los hechos se registraron en el año 2018. La víctima presentaba comportamientos extraños en su unidad educativa lo que llamó la atención de una profesora, quien la abordó y preguntó qué le ocurría. La agraviada manifestó que tenía problemas en casa.

La maestra derivó a la niña al DECE de la escuela, donde –a través de varios mecanismos de abordaje– se conoció que Josué Izurieta B. (su primo) llegó de otra provincia a vivir en su casa –por estudios– y cuando los padres de la adolescente se ausentaban del hogar por trabajo, mantenían relaciones sexuales.


La unidad educativa levantó un informe, suscrito por el rector, mismo que fue remitido a Fiscalía para el inicio del proceso penal en contra del ya sentenciado.

Fiscalía demostró la materialidad del delito y la responsabilidad del hoy sentenciado con pruebas entre las que se incluyeron el testimonio anticipado de la víctima, testimonios de los peritos que practicaron diligencias como: la pericia psicológica y de entorno social, el examen médico-legal ginecológico, el reconocimiento del lugar de los hechos. También se sumaron documentos de identidad de la víctima y del agresor, entre otros.


Información jurídica

El delito de violación está tipificado en el artículo 171, numeral 3, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), en concordancia con las circunstancias agravantes establecidas en el artículo 47 del mismo cuerpo legal.

 


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