22 años de cárcel para responsable de la violación a su hijastra


BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 443-DC-2024

22 años de cárcel para responsable de la violación a su hijastra


Quito (Pichincha), 09 de abril de 2024.- Las agresiones sexuales que sufría una adolescente de 14 años eran cometidas por su padrastro.

La primera vez que fue violentada tenía apenas 11 años. Desde entonces, el delito de violación fue recurrente.


Los hechos empezaron a develarse cuando la joven cumplió 13 años. Ella le dijo a su madre que Édgar Vinicio Y. la violó, pero la mujer no le creyó, pues el agresor era su pareja sentimental (a la fecha de los hechos) y padrastro de su hija.

El último evento ocurrió el 26 de abril de 2023. El sentenciado –a una pena privativa de la libertad de veintidós años– aprovechó que él y su víctima se encontraban solos en casa para agredirla sexualmente.


Pese a las amenazas de muerte que recibía, ella decidió hablar. Le contó a su madre lo que ocurrió y, a diferencia de la primera vez, en esta ocasión la víctima grabó el hecho en el celular de su madre, quien –después de ver el video, que fue reproducido como prueba en el juicio– presentó una denuncia contra su conviviente. La Policía, ese día, lo aprehendió en flagrancia.

En la audiencia de juicio, la Fiscal especializada en Violencia de Género de Tumbaco practicó su prueba y, sobre esa base, el Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa resolvió que Édgar Vinicio Y. es responsable de la violación perpetrada contra la hija de su pareja.


El examen médico-legal determinó lesiones recientes en las partes íntimas de la víctima. Además, los jueces consideraron el testimonio de la psicóloga del Centro de Salud de Tumbaco, quien atendió a la adolescente luego de los hechos; así como los testimonios del padre de la joven y de su abuela paterna.

También valoraron la pericia de ADN practicada al perfil genético hallado en las prendas íntimas de la agraviada, que correspondía al procesado; la de entorno social, de reconocimiento de lugar de los hechos y una valoración psicológica que se le practicó al procesado.


De esta manera, Fiscalía también logró que el Tribunal sancione al acusado con una multa de 800 salarios básicos unificados y con el pago de una reparación integral de 5.000 dólares a favor de la víctima.

Información jurídica

El delito de violación con el que se sentenció esta causa está tipificado en el artículo 171, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), por haberse cometido con amenaza, violencia e intimidación.

 


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