20 años de prisión por violación y daño a bien ajeno

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 374-DC-2021

20 años de prisión por violación y daño a bien ajeno

Azogues (Cañar), 19 de abril de 2021.- Jonathan Fernando M. fue sentenciado a diecinueve años de privación de libertad por la violación a una joven de 18 años y a un año de privación de libertad por causar daños a una camioneta de la Policía Nacional.

En la audiencia de juicio, la jueza ponente, Miriam Pulgarín, informó que –como reparación integral– el sentenciado debe cancelar trece salarios básicos a la víctima, y, por el otro delito, reparar el vehículo.

El hecho

El 13 de agosto de 2020, la víctima y su novio fueron hasta el domicilio de Jonathan Fernando M., situado en el cantón Azogues, donde ingirieron bebidas alcohólicas. Después de varias horas, el ahora sentenciado agredió físicamente al novio de la joven y lo sacó a la fuerza del inmueble. Enseguida, a ella la llevó hasta una habitación para violentarla sexualmente.

El novio alertó a agentes de la Policía, quienes ingresaron al domicilio y observaron al sentenciado sobre la víctima realizando actos de naturaleza sexual. En ese momento, uno de los agentes grabó un video de lo que ocurría.

Para evitar ser detenido, Jonathan Fernando M. salió del inmueble, tomó una piedra y causó daños a la camioneta de la Policía. Finalmente fue capturado en delito flagrante.

La fiscal Ximena Rojas demostró su teoría del caso con: el testimonio anticipado de la víctima y los testimonios de los peritos que realizaron la valoración psicológica y el examen médico-legal.

También rindieron sus testimonios el policía que filmó el video, material que fue reproducido durante la audiencia. Además, el agente que efectuó el reconocimiento del lugar de los hechos y de evidencias.

Durante su intervención, la perita en genética forense que practicó el examen de ADN concluyó que en los hisopados tomados del cuerpo de la víctima se encontraron espermatozoides.

Datos jurídicos

Jonathan Fernando M. fue sentenciado según el artículo 171, en relación al artículo 204, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona los delitos de violación y daño al bien ajeno.

 

 

 

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