2 adolescentes son declarados culpables de asesinato


BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1205-DC-2024

2 adolescentes son declarados culpables de asesinato


Jipijapa (Manabí), 29 de octubre de 2024.- La Jueza especializada que conoció la causa acogió el pedido de Fiscalía y sentenció a ocho años de internamiento institucional a dos adolescentes, declarados culpables de un asesinato perpetrado el 10 de agosto de 2024.


Durante la audiencia de juzgamiento, la Fiscal del caso relató que el crimen fue reportado a la Policía Nacional, tras un ataque armado en una pastelería de la ciudadela Parrales, en Jipijapa. Los ahora sentenciados llegaron a ese lugar en motocicleta; uno de ellos ingresó a local y disparó varias veces, causando la muerte de una persona y dejando heridas a otra.


Luego del ataque, los adolescentes intentaron huir, pero fueron perseguidos por un familiar de la víctima que, con su vehículo, logró embestirlos, provocando su caída. Con el apoyo de vecinos, ambos fueron capturados.

Al llegar al lugar, los agentes de Policía entrevistaron a varias personas y legalizaron la aprehensión de los dos atacantes, quienes portaban armas de fuego.


En la audiencia de juicio, la Fiscal a cargo presentó el parte policial del evento violento y de la aprehensión de los dos adolescentes, de 17 y 16 años. Además, expuso dieciséis testimonios, incluyendo los de los agentes que acudieron al llamado de emergencia y los de los familiares que presenciaron el hecho.


Entre las pruebas presentadas se incluyeron también: el acta de levantamiento del cadáver, el informe del protocolo de autopsia, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, una pericia de audio y video, dos análisis que confirmaron la presencia de residuos de disparo en uno de los atacantes y la coincidencia entre las evidencias balísticas encontradas en la escena con el arma encontrada en poder de uno de los adolescentes.


Finalmente, se expusieron las pruebas documentales que confirman que los atacantes son menores de edad.

Información jurídica

El delito de asesinato está tipificado y sancionado en el artículo 140 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). La sentencia se ajustó a lo establecido en el Código de la Niñez y Adolescencia para menores de edad.

 


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