¿QUÉ ES LA FISCALÍA?

Edificio Fiscalia General del Estado

Base constitucional y legal

Según el Art. 194 de la Constitución de la República:

La Fiscalía General del Estado es un órgano autónomo de la Función Judicial, único e indivisible; funcionará de forma desconcentrada y tendrá autonomía administrativa, económica y financiera. La Fiscal o el Fiscal General es su máxima autoridad y representante legal y actuará con sujeción a los principios constitucionales, derechos y garantías del debido proceso.

Según el Art. 195 de la Constitución de la República la Fiscalía General del Estado:

  • Dirigirá de oficio o a petición de parte, la investigación preprocesal y procesal penal;
  • Durante el proceso ejercerá la acción pública con sujeción a los principios de oportunidad y mínima intervención penal, con especial atención al interés público y a los derechos de las víctimas.
  • De hallar mérito acusará a los presuntos infractores ante el Juez competente, e impulsará la acusación en la sustanciación penal.
  • Para cumplir sus funciones, la Fiscalía organizará y dirigirá un sistema especializado integral de investigación, dé medicina legal y ciencias forenses, que incluirá un personal de investigación civil y policial,
  • Dirigirá el sistema de protección y asistencia a víctimas, testigos y participantes en el proceso penal; y,
  • Cumplirá con las demás atribuciones establecidas en la ley.

Misión

La Fiscalía General del Estado es una institución autónoma, que dirige la investigación preprocesal y procesal penal, procurando el acceso a la justicia con sujeción a los principios de oportunidad y mínima intervención penal, con especial atención al interés público y a los derechos de las víctimas.

Visión

La Fiscalía General del Estado será una institución integrada por personal especializado y comprometido en la procuración de la justicia reconocida por su lucha contra el crimen y la inseguridad, mediante la innovación de procesos y operaciones, la transparencia de la gestión y la efectividad en la reducción de la impunidad.

Valores Institucionales

  • Integridad

Ser correcto, probo, cumplir con el deber, hablar con la verdad, ser coherente entre lo que piensa, dice y hace, cumplir el trabajo de forma responsable y expedita.

  • Honestidad

Actuar con absoluta lealtad a la misión y visión institucional; comportarse con sinceridad y objetividad, dando respuesta al usuario de manera justa, objetiva y apegada a la ley.

  • Respeto

Cumplir las funciones en el marco de la cordialidad, igualdad, y tolerancia entre funcionarios, servidores de otras instituciones del Estado, y con la ciudadanía en general, reconociendo y respetando en todo momento sus derechos.

  • Transparencia

Ejercer de forma clara las actuaciones de carácter público y privado, acordes a la ética, la moral y las buenas costumbres; y; poner a disposición y acceso oportuno de la ciudadanía, toda la información permitida por la ley.

  • Trabajo en equipo

Ser solidario y respetuoso con compañeros y colaboradores; buscar que todos los involucrados obtengan los mejores resultados y estén satisfechos de sus logros; conjugar las actividades para lograr metas comunes.

  • Independencia

Mantenerse al margen de situaciones y/o actividades incompatibles con sus funciones; abstenerse de toda conducta que pueda afectar la objetividad de criterio, para el desempeño de las funciones institucionales.

  • Imparcialidad

Tomar decisiones atendiendo a criterios objetivos sin influencias, sesgos ni prejuicios diferenciados por razones inapropiadas.

Ejes de la gestión

  • Transparencia

Garantizar el libre acceso a la información de forma completa, veraz y oportuna, a través de una continua y permanente evolución de resultados en la administración, en pro de mejorar nuestros servicios, a fin de satisfacer las necesidades de la ciudadanía, apegados a la Constitución, leyes y reglamentos.

  • Efectividad

Cumplir con los procesos de gestión, en la búsqueda del acceso a la justicia, a través de un trabajo coordinado para llegar a la verdad procesal y la reducción de la impunidad, optimizando recursos.

  • Innovación

Reestructurar los procesos administrativos y misionales para generar cambios en los procedimientos, con el fin de brindar un mejor servicio y atención oportuna a la ciudadanía.

Funciones

Según el Art. 282 del Código Orgánico de la Función Judicial, a la Fiscalía General del Estado le corresponde:

  • Dirigir y promover, de oficio o a petición de parte, la investigación pre procesal y procesal penal, de acuerdo con el Código de Procedimiento Penal y demás leyes, en casos de acción penal pública; de hallar mérito acusar a los presuntos infractores ante el Juez competente e impulsar la acusación en la sustanciación del juicio penal;
  • Dirigir y coordinar las actuaciones de la Policía Judicial en las indagaciones previas en las etapas del proceso penal;
  • Garantizar la intervención de la defensa de los imputados o procesados, en las indagaciones previas y las investigaciones procesales por delitos de acción pública, quienes deberán ser citados y notificados para los efectos de intervenir en las diligencias probatorias y aportar pruebas de descargo, cualquier actuación que viole esta disposición carecerá de eficacia probatoria;
  • Dirigir, coordinar y supervisar las funciones de intercambio de la información y pruebas sobre nacionales o extranjeros implicados en delitos cometidos en el exterior, cuando así lo prevean los acuerdos y tratados internacionales;
  • Dirigir y coordinar el Sistema Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses que contará con la ayuda de organismos gubernamentales y no gubernamentales con el fin de establecer, de manera técnica y científica, procedimientos estandarizados para la práctica de la pericia médico legal;
  • Conceder y revocar las correspondientes habilitaciones o acreditaciones, al personal de la Policía Judicial;
  • Expedir en coordinación con la Policía Nacional los manuales de procedimiento y normas técnicas para el desempeño de las funciones de la Policía Judicial;
  • Apoyar técnicamente a las personas que hacen sus prácticas pre profesionales en la Fiscalía General del Estado;
  • Organizar y dirigir el sistema de protección de víctimas, testigos y otros participantes del proceso penal; y,
  • Las demás determinadas en la Constitución y la ley.