Fiscalía de Manabí logró sentencia de 29 años para dos personas por delito de violación a menores

Fiscalía de Manabí logró sentencia de 29 años para dos personas por delito de violación a menores

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 128-DC-2017

Fiscalía de Manabí logró sentencia de 29 años para dos personas por delito de violación a menores

Portoviejo, 24 de agosto de 2017.- Los agentes fiscales de la provincia de Manabí, en su trabajo constante para alcanzar justicia, ante los hechos delictivos que surgen en los diferentes cantones de la jurisdicción, lograron que los jueces competentes dictaran sentencia de 29 años de prisión, para dos personas por el delito de violación a menores de edad y con discapacidad intelectual.

En el cantón Pedernales, el fiscal Manuel Caizaguano, sustentó ante el tribunal de Garantías Penales del Cantón Sucre, la responsabilidad de Eugenio O., por la violación de la menor Antonia C., quien quedó embarazada. Para el fiscal, la presentación de perfil genético, entre la víctima y el ahora sentenciado, cuyo resultado de probabilidad de paternidad es de 99,9%, fue relevante.

Se destaca la intervención de la Unidad de Protección a Víctimas y Testigos de la Fiscalía, desde donde se ha brindado seguridad, ayuda sicosocial y médica para aportar en la superación del trauma de la víctima.

En Flavio Alfaro

En éste cantón del norte manabita, también fue procesado Wilfrido E.Ch., quien de acuerdo a las investigaciones, fue responsable de abusar sexualmente de una menor, lo cual fue sustentado por el fiscal Henry Armijos, ante los miembros del Tribunal competente. Las pruebas presentadas fueron relevantes, para que se dicte sentencia condenatoria.

Ambos procesados fueron sentenciados con la máxima pena (22 años), aumentada un tercio, por justificarse las agravantes del Art. 48 numerales 5 y 9 del Código Orgánico Integral Penal. Con ésta sanción cada uno alcanza los 29 años de privación de libertad.

Dato:

El delito de violación está tipificado en el Art. 171 de COIP,  con una pena privativa de libertad de 19 a 22 años. El mecanismo de aplicación de atenuantes y agravantes, están en el Art. 44 de la misma Ley.

 

C.M.

 

 

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