Fiscalía de Pichincha vinculó a una persona al caso Marquez

Fiscalía de Pichincha vinculó a una persona al caso ‘Marquez’

BOLETÍN DE PRENSA FGE NO. 067-DC-2017

Fiscalía de Pichincha vinculó a una persona al caso Marquez

Quito, 05 de julio de 2017.- Thania Moreno Romero, fiscal provincial de Pichincha, vinculó a Franklin R. a la instrucción fiscal abierta por falsificación y uso de documento falso (falsificación ideológica), seguido contra  siete personas, entre funcionarios y exfuncionarios de la Alcaldía de Rumiñahui.

Ante la presidenta subrogante de la Corte Provincial de Justicia, Patlova Guerra, la fiscal Thania Moreno explicó los hechos investigados para incluir a Franklin R. en la instrucción fiscal. El 31 de diciembre de 2015 se reunió la Comisión de Mesa con el vicealcalde y dos concejales de ese municipio para tramitar la denuncia de una ciudadana -ingresada el 27 de noviembre de 2015- que pedía la remoción del alcalde. A este encuentro también habría asistido Franklin R., abogado en libre ejercicio, sin ser funcionario del cabildo de Rumiñahui.

En dicho evento los concejales habrían analizado un expediente de 10 cuerpos para discutir, redactar e imprimir un informe de 38 páginas con el acta que recomendaba la destitución del alcalde.“Sin embargo, el documento se terminó de redactar en la oficina del abogado particular y se imprimió el 3 de enero de 2016, es decir, el informe fue hecho en varios días posteriores al 31 de diciembre y es aquí en donde se configuraría el delito”, dijo la fiscal del caso, Thania Moreno.

El delito tipificado en el artículo 328 del Código Orgánico Integral Penal, señala que la persona que falsifique, destruya o adultere modificando los efectos o sentido de los documentos públicos, privados, timbres o sellos nacionales, establecidos por la Ley para la debida constancia de actos de relevancia jurídica, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años.

Los procesados en este caso llamado ‘Marquez’ son los concejales Wilfrido C.; Mario C.; y,  Ana A. también María del Pilar P.; Gabriela O; María Eugenia Ch.; Diana S., funcionarias del municipio.

Datos:

  • Franklin R. deberá presentarse cada 15 días ante la Fiscalía y está prohibido ausentarse del país.
  • Falsedad ideológica comprende la mentira escrita en ciertas situaciones, el documento no es falso en sus condiciones esenciales, pero son falsas las ideas que en él se quieren afirmar como verdaderas, resultando un documento auténtico en su forma pero falso en su contenido.

 

ACV.

 

 

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