Niegan recurso de apelación a la prisión preventiva de un procesado en caso Prometeo


El fiscal Estuardo Flores durante la audiencia de apelación a la prisión preventiva en la Corte de Justicia de Manabí. 

Portoviejo, 27 de enero de 2016.- La Fiscalía consiguió que Sala de Garantías Penales de Manabí mantuviera la orden de prisión preventiva en contra de Darío E., uno de los cuatro procesados por lavado de activos en el caso Prometeo.

Las investigaciones de Fiscalía, efectuadas desde agosto del 2014, permitieron descubrir una red delictiva dedicada a lavar dinero, presuntamente, proveniente del narcotráfico e inyectarlo en una empresa pesquera en Manta, Manabí.

La resolución judicial fue dictada en la audiencia de apelación a la prisión preventiva, interpuesta por el procesado y realizada la tarde de este miércoles 27 de enero, en la Corte Provincial de Justicia de Manabí, en Portoviejo.

María Vallejo, presidenta de la Sala, consideró improcedente el recurso planteado, al considerar que sí se cumplen con los requisitos a la prisión preventiva: la existencia de un delito y por tratarse de una infracción sancionada con pena privativa de libertad superior a un año.

La Sala consideró además que el procesado incumplió una medida alternativa a la prisión preventiva otorgada con anterioridad.

Pues, según indicó Estuardo Flores, fiscal del caso, Darío E. fue detenido en Imbabura en noviembre pasado, cuando intentaba abandonar el país con dirección a Colombia. De esta forma incumpliría la medida de arresto domiciliario, que fue dispuesta en su contra en mayo de 2015.

Para lograr la desestimación de este recurso, el fiscal Flores también hizo prevalecer ante los jueces lo dispuesto en el numeral 5 del Art. 653 del COIP. Este indica que solo puede concederse o negarse la prisión preventiva siempre que esta decisión haya sido dictada en la formulación de cargos o durante la instrucción fiscal.

Darío E. presentó el recurso de apelación al auto de prisión preventiva cuando la etapa de instrucción fiscal había terminado, es decir, luego de los 90 días.

Los antecedentes del caso

Contra Darío E., Juan E., Cindy Z. y Zoila D., la Fiscalía formuló cargos por el delito de lavado de activos, en la audiencia del 27 de mayo de 2015. Luego, el 13 de noviembre, los cuatro fueron llamados a juicio

Según la Fiscalía, Darío E. presuntamente inyectaba el dinero que provenía del narcotráfico, en una empresa que exportaba e importaba mariscos en Manta y de la cual era su presidente.

Mientras que otra de las procesadas, Cindy Z., pareja de Darío E. y quien trabajaba en esa empresa, tendría movimientos inusuales en su cuenta, mayores a 300.000 dólares, pese a que su remuneración no era mayor a 500 dólares,.

Zoila C., contadora de la empresa, fue procesada porque tenía propiedades y vehículos cuyos valores superaban los 200.000 dólares. Pero su remuneración mensual no sobrepasaba los 700 dólares.

Mientras que los reportes bancarios evidenciaron que Juan E., hijo de Darío E., quien no trabajaba, tenía movimientos que excedían los 500.000 dólares.

La Fiscalía presume que el perjuicio económico superaría los 17 millones de dólares.

Entre los elementos de convicción que contó la Fiscalía para la sustentación de su dictamen, constó el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y de objetos, avalúos de bienes inmuebles e inventarios valorizados, informe de análisis de evidencias, pericia de avalúo y autenticidad de joyas y de las escrituras públicas de bienes inmuebles.

Asimismo, la Fiscalía contó con el informe de investigaciones, de la pericia financiera del Servicio de Rentas Internas, estados de cuentas, movimientos financieros y documentos habilitantes para la apertura de cuentas de ahorros y corrientes.