Caso TripleA: Fiscalía formula cargos contra 5 personas naturales y 5 jurídicas por almacenamiento, transporte, envasado, comercialización o distribución ilegal de productos derivados de hidrocarburos

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1362-DC-2024

Caso TripleA: Fiscalía formula cargos contra 5 personas naturales y 5 jurídicas por almacenamiento, transporte, envasado, comercialización o distribución ilegal de productos derivados de hidrocarburos

Quito (Pichincha), 16 de diciembre de 2024.- La Fiscalía General del Estado formuló cargos contra Fernando V., José C., Lady C., Jessenia V. y Carolina T. por su presunta participación en el delito de almacenamiento, transporte, envasado, comercialización o distribución ilegal de productos derivados de hidrocarburos.

El Juez Especializado en el juzgamiento de Delitos Relacionados con Corrupción y Crimen Organizado que conoció la causa dispuso prohibición de salida del país y presentaciones periódicas dos días a la semana (lunes y viernes) para las cinco personas naturales investigadas.

Con relación a las personas jurídicas Fuelcorp S. A., Copedesa S. A., Corpalubri S. A., Ternape Petroleum S. A. y Indudiesel S. A., ordenó prohibición de enajenar bienes y acciones.

En la audiencia de formulación de cargos, el Fiscal del caso informó que, luego de la investigación a cargo de la Unidad de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción, se hallaron suficientes elementos de convicción para formular cargos contra los hoy procesados. No obstante, indicó que –por el momento– no se puede dar inicio al proceso penal de otros presunto involucrados, quienes se encuentran como candidatos a una dignidad de elección popular en los comicios generales de 2025.

Agregó que este proceso empezó con una denuncia presentada el 12 de julio del año en curso, por parte de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables, en la que se da cuenta de una irregular distribución y comercialización de combustibles, que provocaría un perjuicio al Estado ecuatoriano. De la denuncia se extrae que existirían diferencias considerables entre el volumen de combustible despachado y el facturado por varias estaciones y empresas.

Con base en ese antecedente, se estableció la existencia de la relación de las empresas procesadas con otras distribuidoras de combustible, entre las que se comercializaron grandes cantidades de combustible, sobre todo diésel. En dichas transacciones, se hallaron presuntas irregularidades.

Durante la diligencia, Fiscalía señaló que varias de las estaciones que adquirieron el combustible se encuentran en zonas fronterizas y mineras, por lo cual, la Institución presume –sobre la base de los elementos recabados– que el diésel subsidiado habría sido desviado a otros segmentos, para los cuales no está destinado ese beneficio.

En uno de los casos señalados, una estación de venta de combustible adquirió más de 7 millones de galones, cuando la misma tiene una capacidad de almacenamiento para cerca de 10.000 galones.

Esta información fue reportada en un informe emitido por el Servicio de Rentas Internas (SRI), mismo que fue exhibido como parte de los elementos de convicción presentados para fundamentar la acusación en contra de los procesados. Además, se expusieron informes de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), entre otros.

Información jurídica

El artículo 264 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) sanciona el delito de almacenamiento, transporte, envasado, comercialización o distribución ilegal
de productos derivados de hidrocarburos, gas licuado de petróleo o biocombustibles con una pena privativa de libertad de –máximo– cinco años.

 

 

 

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