Caso Encuentro: Tribunal sentencia a Danilo C. y Antonio I. por delincuencia organizada
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1264-DC-2024
Quito (Pichincha), 20 de noviembre de 2024.- El Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa dictó sentencia de diez años de prisión contra Danilo C. y nueve años y cuatro meses contra Antonio I. Ellos fueron declarados culpables del delito de delincuencia organizada en calidad de líder y colaborador, respectivamente.
La sentencia también contempla el pago de 682.188 dólares para cada uno como parte de la reparación integral al Estado y la colocación de un buzón de transparencia en la empresa pública CNEL, como fue el pedido de la Institución.
Según la tesis de Fiscalía, que fue acogida por el Tribunal, entre 2021 y 2023 se formó una red de corrupción liderada por Danilo C. y Rubén Cherres (contra quien se extinguió la acción penal por su fallecimiento), con el objetivo de obtener beneficios económicos a través de la adjudicación de contratos con el Estado, con la colaboración de los otros procesados.
Fiscalía explicó que los líderes aprovecharon la designación de Hernán L. como director de la Empresa Coordinadora de Empresas Públicas (EMCO), para nombrar a Antonio I. como gerente de CNEL., quien generó influencias para la adjudicación de contratos en el sector eléctrico, beneficiando a las otras dos procesadas en esta causa.
Además, los líderes de la organización operaron en otras empresas públicas, como BanEcuador y el Servicio Nacional de Aduanas, colocando personas cercanas en puestos directivos para conseguir contratos.
Estos hechos fueron corroborados con la presentación de testigos y peritos que confirmaron que los hoy sentenciados actuaron con pleno conocimiento de la comisión de un acto ilícito, direccionando procesos de contratación. En las conversaciones extraídas durante la investigación y presentadas ante el Tribunal, quedó clara la forma de participación de cada uno de los procesados para evitar riesgos para la organización.
Estos elementos probatorios fueron analizados de forma integral por parte de los miembros del Tribunal, quienes señalaron que los mismos son suficientes para probar la existencia del delito y la responsabilidad de los dos procesados en esta audiencia.
Información jurídica
El delito de delincuencia organizada se encuentra tipificado en el artículo 369 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). En este caso contempla una pena privativa de libertad de hasta 10 años.
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