4 sentenciados a 9 años de prisión por secuestro agravado
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1258-DC-2024
Ambato (Tungurahua), 19 de noviembre de 2024.- Christian Alexander Ch. Ch., Áxel René G. V., José Carlos E. C. y Rhamy Stalin A. R. fueron declarados culpables del secuestro de un hombre, ocurrido en mayo de 2023. Tras haber presentado las pruebas correspondientes, Fiscalía obtuvo una sentencia agravada de nueve años y cuatro meses de prisión para los imputados.
El Tribunal de Garantías Penales de Tungurahua también dispuso una multa de doce salarios básicos unificados y el pago de 2.000 dólares como reparación integral para la víctima.
Los hechos ocurrieron cuando el afectado, que salía del Centro de Rehabilitación Social de Tungurahua con una boleta de excarcelación, fue abordado por un conocido que le ofreció llevarlo hasta Pelileo. Al llegar, los secuestradores lo amenazaron con un arma de fuego y exigieron que entregara motocicletas, dinero y sustancias ilícitas.
Al no cumplir con sus demandas, lo golpearon en la cabeza, lo trasladaron a Ambato y lo encerraron en una habitación, donde permaneció retenido durante dos días.
A través de información reservada, la Policía Nacional y la Dirección General de Inteligencia (DGI) ubicaron el vehículo en el que trasladaron a la víctima. En este se encontraban Christian Alexander Ch. Ch. y Axel René G. V., quienes fueron aprehendidos inmediatamente.
Ellos proporcionaron información que permitió localizar a la víctima y a los otros dos implicados. Los agentes de Policía se trasladaron hasta Picahua, donde –en un inmueble– encontraron al hombre secuestrado en compañía de José Carlos E. C. y Rhamy Stalin A. R., y también fueron detenidos.
Ante el Tribunal, Fiscalía presentó pruebas individualizadas con las cuales se determinaron los niveles de participación de cada uno de los procesados. Entre los elementos probatorios expuestos se incluyeron los informes médicos que confirmaron las agresiones sufridas por el hombre secuestrado, así como la extracción de audio y video de los dispositivos móviles, que evidenció la planificación previa del secuestro.
Información jurídica
El delito de secuestro está tipificado en el artículo161 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Aunque su sanción general es de cinco a siete años, en este caso se aplicó la circunstancia agravante establecida en el artículo 47, numeral 5, del mismo cuerpo legal: cometer la infracción con participación de dos o más personas.
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