Pena agravada para 3 sentenciados por extorsión
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1257-DC-2024
Quito (Pichincha), 19 de noviembre de 2024.- En audiencia de juicio directo, Fiscalía obtuvo una condena de seis años y ocho meses de prisión para Luis Henry M. R., Cristian Hernán F. C. y Fausto Gustavo A. B., como autores directos del delito de extorsión. Además, se les impuso una multa equivalente a dieciséis salarios básicos unificados.
La Fiscal Especializada en Delitos Flagrantes presentó pruebas que demostraron cómo los ahora sentenciados amenazaron –vía telefónica– a la víctima durante varios días, exigiendo 2.000 dólares para no hacerle daño a él ni a su familia. Como medida de presión, los tres hombres acudieron, más de una vez, al domicilio y lugar de trabajo del ciudadano.
Siguiendo las directrices de seguridad de la Unidad Antisecuestro y Extorsión (Unase), de la Policía Nacional, el afectado concertó un encuentro en un centro comercial al norte de Quito. Durante el operativo, los agentes aprehendieron a los tres hombres cuando intentaron huir tras recibir un sobre con 48 dólares simulando el pago.
Durante la audiencia de juicio, Fiscalía presentó elementos probatorios que incluyeron: los testimonios de los agentes aprehensores y de la psicóloga, el peritaje de audio y video que extrajo información del celular del afectado, y el análisis del experto en morfología. Estas y otras pruebas demostraron la comisión del delito y permitieron obtener una pena agravada para los procesados.
Información jurídica
La extorsión está tipificada y sancionada en el artículo 185, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP). En este caso, el Tribunal Penal tomó en cuenta la circunstancia agravante del numeral 5, del artículo 47, del mismo cuerpo legal: cometer la infracción entre dos o más personas.
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