Caso Pampa: 21 procesados por presunto lavado de activos son llamadas a juicio
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1140-DC-2024
Quito (Pichincha), 14 de octubre de 2024.- 1.441 elementos de convicción presentó la Fiscalía General del Estado durante la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio por presunto lavado de activos, en el caso denominado Pampa, que involucra a trece personas naturales y ocho jurídicas.
Los elementos levantados durante de la investigación demostrarían que los acusados constituyeron y administraron varias empresas dedicadas a la exportación de productos agrícolas, como el banano, la compra-venta de bienes inmuebles y productos cárnicos. Estas actividades habrían sido usadas para ocultar el origen ilícito de dinero proveniente del narcotráfico, dándole apariencia de legalidad. A través de esos recursos, se habrían adquirido terrenos, viviendas, bodegas, parqueaderos, maquinaria pesada y vehículos, entre otros bienes, entre 2015 y 2023.
Tras ocho días de audiencia, y luego de las intervenciones de todos los sujetos procesales, el Juez Anticorrupción que conoce el caso resolvió llamar a juicio a:
13 personas naturales
- Dritan G. (albanés)
- Mario S. (argentino)
- Jairo M. (colombiano)
- Carlos G.
- Teresa P.
- Julio L.
- Bryan L.
- Julio L.
- Jonnathan L.
- Fulgencio C.
- Pablo H.
- Carina E.
- Yongdeng Z.
8 personas jurídicas
- Holtexsa S.A.
- Produccón de Cárnicos Carniproduccion S.A.
- Ingrener S.A.
- Cresmark S.A.
- Agricomtrade S.A.
- Negoglobal S.A.
- Sentilver S.A.
- Damascoswett S.A.
Todos los procesados enfrentarán el juicio como autores directos, a excepción de Dritan G. y Pablo H., quienes están prófugos y para los cuales se ordenó la difusión roja de Interpol. Además, el Magistrado ratificó las medidas cautelares personales y reales sobre todos los procesados.
Teoría del caso
La Fiscal de la Unidad Selecta contra el Lavado de Activos a cargo del caso, presentó 1.441 elementos de convicción que incluyen pericias criminalísticas, financieras, de extracción y materialización de contenido digital, asistencias penales internacionales, oficios, certificaciones bancarias, versiones, y reportes de la UAFE. Estos demostrarían que los imputados formaron y administraron empresas con actividades aparentemente legales, pero que en realidad ocultaban el origen ilícito del dinero procedente del narcotráfico.
Los bienes inmuebles, localizados en las provincias de Guayas, Cotopaxi y Santa Elena, fueron adquiridos a través de estas actividades. El monto aproximado del lavado de activos asciende a 43’468.059,28 dólares.
Dritan G. (albanés) habría utilizado empresas como Cresmark S. A. y Agricomtrade S. A., dedicadas a la exportación de banano, para disimular el origen ilícito de activos. Se le atribuye el liderazgo en las actividades tanto de narcotráfico como de lavado de activos.
Dritan G. habría contado con colaboradores estratégicos, como Julio L. M., su esposa Teresa P., y sus hijos Byran L. y Julio L. P., además de Pablo H. Estas personas, a través de actividades comerciales como la producción agrícola, forestal y la compra-venta de oro, habrían incrementado su patrimonio de manera desproporcionada, adquiriendo terrenos, viviendas, vehículos de alta gama y maquinaria pesada, pagados en efectivo, para ocultar la procedencia ilícita de los fondos. Habrían actuado a través de las empresas Producción de Cárnicos Carniproduccion S.A. y Agricomtrade S.A.
Mario S. (argentino) y su esposa, Carina E., habrían controlado los recursos financieros y humanos de empresas como Holtexsa S. A., Ingrener S. A., Negoglobal S. A., Sentilver S. A. y Damascoswett S. A. Utilizando su rol como grandes empresarios del sector bananero, se habrían beneficiado de actividades de narcotráfico, incrementando su patrimonio no solo en Ecuador, sino también en Argentina, Estados Unidos, España y Emiratos Árabes.
Carlos G., Jonnathan L. y Fulgencio C., como administradores de las empresas Damascoswett S. A., Sentilver S. A. y Agricomtrade S. A., habrían facilitado el transporte y exportación de la droga bajo la apariencia de comercio legítimo. Ellos habrían tomado decisiones clave dentro de estas compañías.
Yongdeng Z. y Jairo M. habrían colaborado en la administración, resguardo y entrega del dinero producto del narcotráfico, manteniendo contacto con los líderes de la organización y evitando que las operaciones financieras quedaran registradas en el sistema bancario.
Las entidades de control detectaron varias señales de alerta: depósitos en efectivo por venta de productos agrícolas, adquisiciones de bienes inmuebles con pagos en efectivo, compra de vehículos de alta gama, diferencias entre ingresos declarados y registrados, y la compra de propiedades en otros países. Además se evidenciaron vínculos comprobados con la organización del narcotráfico y procesos judiciales de los líderes de organización por delitos de tráfico ilícito de droga en otros países.
Finalmente, la Fiscal explicó que el delito de lavado de activos incluye tres etapas: colocación, (recepción física de bienes o dinero ilícito), estratificación (inversión de fondos y movimientos financieros nacionales e internacionales), e integración (cuando el dinero regresa a la economía como dinero legítimo). Estas etapas habrían sido cumplidas por los procesados en este caso.
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