Caso Metástasis: Álex Francisco P. es el octavo sentenciado mediante procedimiento abreviado, como autor directo de delincuencia organizada

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 839-DC-2024

Caso Metástasis: Álex Francisco P. es el octavo sentenciado mediante procedimiento abreviado, como autor directo de delincuencia organizada

Quito (Pichincha), 24 de julio de 2024.- Álex Francisco P., exfuncionario judicial, se acogió al procedimiento abreviado y aceptó su participación en el delito de delincuencia organizada, por lo que fue sentenciado a quince meses de pena privativa de libertad, ya que también firmó un acuerdo de cooperación eficaz y proporcionó información precisa, verídica y comprobable que ayudó al esclarecimiento de los hechos.

Al concluir la audiencia, el Juez de la Corte Nacional de Justicia que lleva la causa dispuso el pago de una multa de doce salarios básicos unificados (5.520 dólares), el comiso de los bienes incautados al hoy sentenciado y el pago –a favor del Estado– de 11.040 dólares.

A esto se suma la obligación de publicar la sentencia en la página web del Consejo de la Judicatura, la publicación y difusión de la parte resolutiva de la sentencia en un medio de comunicación y ofrecer disculpas públicas.

La máxima autoridad de la Fiscalía General del Estado, Diana Salazar Méndez, presentó treinta y cuatro elementos de convicción contra el procesado, quien –a la fecha de los hechos– se desempeñaba como subcoordinador jurídico del despacho del juez nacional Wilman T. (también procesado) en la Corte Nacional de Justicia.

Estos elementos confirmaron su autoría en el delito mencionado y su colaboración en la organización criminal, aprovechando sus influencias dentro de la Corte Nacional de Justicia, ya que asesoraba al sentenciado Helive A. sobre cómo comprar la decisión de los jueces de la Sala de la Familia, Niñez, Adolescencia y Adolescentes Infractores que iban a conocer un hábeas corpus a favor de los familiares del fallecido Leandro Norero (+).

Información jurídica

Este exservidor público fue sentenciado por el delito de delincuencia organizada, tipificado en el artículo 369, inciso segundo, del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Además, se acogió al procedimiento abreviado, tipificado en los artículos 635 y 636 del mismo cuerpo legal, y firmó un acuerdo de cooperación eficaz.

 

 

 

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