Condenados por tráfico de drogas a mediana escala
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 804-DC-2024
Riobamba (Chimborazo), 16 de julio de 2024.- Nayara G. y Joseph M. admitieron su responsabilidad en el delito de tráfico ilícito de sustancias sujetas a fiscalización a mediana escala y se sometieron al procedimiento abreviado. Por esa razón, el Juez de Garantías Penales que conoció la causa les impuso una pena de cuarenta y cuatro meses de prisión.
La noche del 1 de abril de 2024, agentes de la Policía Nacional –por medio de información reservada– fueron alertados de que los ahora sentenciados transportaban sustancias sujetas a fiscalización, por la calle Diego Rodríguez, en el norte de Riobamba, a bordo de un taxi.
Los uniformados acudieron al lugar y, al revisar el automotor y a los ciudadanos que viajaban como usuarios, encontraron entre sus pertenencias 2,20 gramos de clorhidrato cocaína y 26 gramos de marihuana, por lo que fueron aprehendidos en delito flagrante.
En la audiencia de procedimiento abreviado, el Fiscal del caso presentó como elementos probatorios: el parte policial, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, los resultados de análisis químico de la sustancia incautada, versiones de agentes policiales y peritos, el informe pericial de reconocimiento de evidencias, entre otros.
Información jurídica
Fiscalía procesó este caso por el delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, tipificado en el artículo 220, numeral 1, literal b, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que se sanciona con pena privativa de libertad de tres a cinco años. Sin embargo, en esta causa se aplicó el procedimiento abreviado –luego de que los procesados reconocieran su participación en los hechos imputados–, por lo que la pena se redujo.
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