Procesado por presunta estafa

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 619-DC-2024

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Riobamba (Chimborazo), 27 de mayo de 2024.- Fiscalía formuló cargos contra Bryan Paúl G. S., como presunto responsable del delito de estafa.

En la audiencia respectiva, la Fiscal del caso justificó el inicio del proceso penal con: el testimonio de la víctima, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, la denuncia del perjudicado y el informe de sus movimientos bancarios, y el certificado de datos de identificación, entre otros.

Fiscalía abrió una investigación, luego de recibir la denuncia de la persona perjudicada, en la que indicaba haber sido estafada por Bryan Paúl G. S., a quien le habría entregado 16.000 dólares bajo la promesa de la venta de un terreno con una casa, ubicados en la parroquia San José de Cunduana, en Riobamba.

Bryan Paúl G. S. –quien tiene en su contra otro proceso penal por el mismo delito– era representante de una agencia inmobiliaria (Birari inmoviliaria invermobirari CIA. LTDA.) que ofertaba el bien, sin que este sea de su propiedad.

Entre los meses de marzo y abril de 2022, el ahora procesado recibió por parte del afectado 16.000 dólares como adelanto del valor acordado (32.000 dólares) por la transacción.

El afectado se enteró de que no se concretó la venta ni la transferencia de dominio, ya que el procesado no tenía el terreno registrado a su nombre.

Al culminar la audiencia, el Juez que conoció la causa ordeno la prohibición de salida del país y presentaciones periódicas ante Fiscalía para el procesado.

La instrucción fiscal será de noventa días.

Información jurídica

El delito de estafa está tipificado en el artículo 186, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

 

 

 

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