Sala Penal ratifica sentencia de 5 años para responsable de estafa

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 272-DC-2024

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Riobamba (Chimborazo), 28 de febrero de 2024.- La Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Chimborazo rechazó el recurso de apelación presentado por la defensa de Jasón Damián P. T. y ratificó la sentencia dictada en su contra –de cinco años de prisión–, como autor del delito de estafa.

En la audiencia de apelación, los jueces rechazaron los argumentos presentados por la defensa del acusado y manifestaron estar de acuerdo con la sentencia emitida por el Tribunal de primera instancia, en la audiencia desarrollada el 15 de diciembre de 2023.

La Corte Provincial de Justicia consideró que las pruebas presentadas por el Fiscal de Patrimonio Ciudadano 1 demostraron la responsabilidad penal de Jasón Damián P. T., a través del testimonio de la víctima, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, la denuncia del perjudicado, el certificado de datos de identificación, el informe de movimientos bancarios de la víctima, entre otras pruebas.

Fiscalía abrió una investigación, luego de recibir la denuncia de la persona perjudicada, en la que indicaba haber sido estafada por el ahora condenado, a quien le entregó 38.000 dólares, bajo la promesa de la venta de un terreno ubicado en la parroquia Yaruquíes, en Riobamba.

Jasón Damián P. T. era accionista de una agencia inmobiliaria que ofertaba el lote de terreno, de propiedad de una ciudadana que residía en Quito.

El 31 de marzo de 2021, el ya sentenciado recibió por parte del afectado 3.000 dólares como adelanto del valor acordado, que era de 38.000 dólares, y meses después, mediante una transferencia bancaria, los 35.000 dólares restantes.

Al pasar los días, el perjudicado hizo un reclamo por la demora para legalizar su compra, pero el procesado puso trabas para el trámite y luego cerraron la inmobiliaria.

Tras haber escuchado a los sujetos procesales, los jueces de la Corte Provincial resolvieron desechar el recurso de apelación a la sentencia y ratificaron lo ordenado por el Tribunal de primera instancia: cinco años de reclusión para Jasón Damián P. T. y la devolución de 38.000 dólares al afectado.

Información jurídica

La estafa está tipificada en el artículo 186 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con privación de libertad de cinco a siete años.

 

 

 

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