Se ratifica condena por violación contra padrastro
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 254-DC-2024
Quito (Pichincha), 22 de febrero de 2024.- La sentencia de dieciséis años de reclusión mayor especial dictada contra Juan Carlos Ch. S. quedó ratificada. Ante la Sala Penal de la Corte Provincia de Justicia de Pichincha, Fiscalía sostuvo –con base en las pruebas presentadas durante el juzgamiento– que este ciudadano es autor de violación.
Cometió el delito de forma sistemática durante seis años (desde 2008), cuando su hijastra tenía 11 años. Para mantener a la víctima en silencio, la maltrataba físicamente y la amenazaba con que su madre no le creería y la echaría de la casa.
El Fiscal que sustentó el caso relató a la Sala Penal que Juan Carlos Ch. S., aprovechándose de la ausencia de la progenitora –cuando ella salía a trabajar–, obligaba a la niña a ver películas pornográficas y a emular lo que en ellas sucedía.
Con el paso de los años, las agresiones sexuales por parte del padrastro se volvieron violentas, cuando este se enteró que la adolescente tuvo un amigo de su edad.
Para poner un alto a la situación, a sus 17 –después de años de miedo e intentos de suicidio–, la adolescente fingió su secuestro: se cortó y lastimó el cuerpo, entonces acudieron a la Dinapen.
Allí, su madre le exigió que le dijera lo que sucedía y la víctima le contó todas las atrocidades sufridas desde su último año de escuela, en manos de su padrastro.
De inmediato, llevó a su hija al hospital para una evaluación médica, echó al abusador se la casa y puso la denuncia en Fiscalía.
La defensa del procesado aseguró que su defendido era objeto de chantaje y extorsión por parte de la madre de la adolescente: afirmó que todos los testigos y peritos eran incoherentes y contradictorios, y que –por lo tanto– no se había podido comprobar la materialidad de la infracción; alegaciones sin prueba exculpatoria, salvo el testimonio sin juramento del procesado, refutó Fiscalía.
Y lo volvió a demostrar con las pericias psicológica y de entorno social, que coincidieron en que el relato de la joven es certero. Además, detectaron problemas psicosomáticos y estados postraumáticos, que requerían de una larga intervención psicológica. El médico-legal detalló las huellas que quedaron en el cuerpo de la joven, como resultado de las reiteradas violaciones.
La Sala Penal ratificó lo ordenado por el Tribunal de primera instancia: dieciséis años de reclusión mayor especial para el violador; mientras que para la víctima y su familia, medidas de protección, una indemnización de 5.000 dólares y tratamiento psicológico por parte del Ministerio de Salud Pública.
Información jurídica
Este caso se sentenció a dieciséis años de reclusión mayor especial, con base en el artículo 513 del Código Penal anterior, es decir, la ley vigente a la fecha de los hechos.
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