15 años de cárcel por los delitos de tráfico de drogas y tráfico de armas de fuego y municiones, en concurso real de infracciones

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 224-DC-2024

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Guayaquil (Guayas), 19 de febrero de 2024.- Fiscalía obtuvo sentencia de quince años de prisión para Kelvin Salvador C. G. por los delitos de tráfico ilícito de sustancias sujetas a fiscalización y tráfico de armas de fuego y municiones, en un concurso real de infracciones. Fue aprehendido durante un allanamiento a su domicilio ubicado en “La Prosperina”, norte de Guayaquil, en abril de 2023.

En la audiencia de juzgamiento, desarrollada en la Unidad Judicial Albán Borja, la Fiscal del caso expuso como pruebas: los testimonios de los agentes aprehensores, los informes de reconocimiento del lugar de los hechos y de evidencias (ingresadas en cadena de custodia), los peritajes de verificación y pesaje de la droga incautada, la pericia química y los informes balísticos de las municiones encontradas.

Al finalizar la diligencia, los magistrados acogieron las pruebas presentadas por Fiscalía e impusieron la condena de quince años de prisión –en el grado de autor directo– contra Kelvin Salvador C. G. y el pago de una multa de cincuenta y dos salarios básicos unificados (23.920 dólares), al determinar que el ahora sentenciado participó en un delito de concurrencia real de infracciones.

Contexto

Kelvin Salvador C. G. fue aprehendido por agentes de la Policía Antinarcóticos de Guayas en un operativo de control y seguridad –originado por denuncias reservadas–, en el sector de “La Prosperina”. En su vivienda encontraron 5,5 kilos de heroína y 380 gramos de cocaína escondidos en fundas plásticas y empaquetados en sobres de papel, listos para ser distribuidos.

En el lugar también se hallaron cincuenta municiones sin percutir calibres 9 mm y 7,62, 809 dólares en efectivo y un teléfono celular.

El procesado se acogió al derecho al silencio y no colaboró tanto en las fases investigativas y en la audiencia de juicio.

Información jurídica

Fiscalía procesó este caso con base en el artículo 220, numeral 1, literal d (gran escala), del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona la posesión, distribución, tenencia, transporte y venta de alcaloides con pena privativa de libertad de diez a trece años, junto a lo dispuesto en el artículo 362 del mismo cuerpo legal, que sanciona el tráfico de armas y municiones con pena privativa de cinco a siete años.

 

 

 

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